SENTENCIA

El Constitucional avala el ingreso obligado en el HUCA de una embarazada que quería dar a luz en casa

La mujer iba por la semana 45 de gestación y había riesgo de muerte. La resolución cuenta con dos votos particulares

Arturo Téllez

Oviedo | 23.02.2023 17:31

HUCA
HUCA | Astursalud

Aval a la actuación del SESPA

El Tribunal Constitucional desestima el recurso de amparo de una embarazada que quería dar a luz en casa pero que fue trasladada por los servicios sanitarios al Hospital Central de Asturias para evitar perjuicios para la mujer y el bebé. Ya iba por la semana 45 de gestación y corría la vida de ambos.

El pleno del TC ha dictado sentencia que concluye que “durante su estancia hospitalaria no se vulneraron sus derechos a la igualdad, a la integridad física y moral, a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar”.

La mujer recurrió contra la actuación por vía de hecho del Servicio de Salud del Principado y ejecutada en el HUCA durante la estancia de la mujer. Ingresó el 25 de abril de 2019 y se le dio el alta el día posterior tras el nacimiento por cesárea de su hija.

El Tribunal declara “que la vigilancia fetal continuada era necesaria para preservar la vida y la salud del nasciturus”. Igualmente estima que “la totalidad de las actuaciones médicas, que desembocaron en un parto por cesárea urgente, resultaron necesarias al tratarse de un embarazo de riesgo que se encontraba en la semana 42 + 3, con peligro de hipoxia fetal y muerte intrauterina”. Según el TC, estas actuaciones fueron consentidas por la recurrente que no vio limitado su consentimiento informado y tuvo autonomía como paciente. La actuación del SESPA no supuso trato discriminatorio desfavorable.

Votos particulares

En cualquier caso, la sentencia cuenta con dos votos particulares, entre ellos, el de la vicepresidenta del Constitucional Inmaculada Montalbán que sí hubo vulneración de la autonomía de la paciente con un ingreso contra su voluntad.

Recordamos que el HUCA solicitó al juzgado de instrucción número 1 de Oviedo la orden de ingreso de la mujer ante el riesgo de hipoxia fetal y muerte fetal intrauterina si el parto no se realizaba en condiciones adecuadas.