ELECCIONES GENERALES

Qué pasa si el suplente no va a la mesa electoral el 23 de julio

El próximo 23 de julio, miles de españoles escogidos por sorteo conformarán las mesas electorales. Aunque los presidentes y vocales tienen sus funciones definidas, ¿en qué circunstancias tienen que pasar los suplentes a la acción?

👉 Qué pasa si no te localizan para ser miembro de una mesa electoral

ondacero.es

Madrid | 13.07.2023 21:16

Cuánto cobra un presidente de una mesa electoral en las elecciones
Cuánto cobra un presidente de una mesa electoral en las elecciones | Agencia EFE

El próximo 23 de julio, un gran número de españoles acudirán a votar en los diferentes emplazamientos electorales. Un grupo más reducido, sin embargo, será el encargado de controlar que la actividad en cada una de las mesas electorales se desarrolle con normalidad: el presidente y los dos vocales de cada mesa electoral, elegidos mediante sorteo, no solo se encargan de realizar el seguimiento de la gente que ya ha votado en su mesa, también se encargan de realizar el escrutinio de votos una vez ha cerrado el colegio electoral.

Para asegurarse que estas tareas fundamentales están cubiertas, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que en el sorteo no solo se escoge a los tres miembros de la mesa ya citados, pues también se designarán dos suplentes para cada uno. En total, 9 personas deberán presentarse a las 8:00 de la mañana el domingo electoral en el acto de constitución de la mesa: si todos los miembros acuden, los suplentes podrán marcharse a casa, pues solo tendrán que quedarse en la mesa si el presidente o el vocal designado, por cualquier motivo, no se presenta a la cita electoral.

Cabe destacar que no acudir a la mesa, sin contar con una autorización de la Junta Electoral de Zona, puede suponer cuantiosas sanciones económicas e incluso penas de prisión que van de los tres meses al año. Una vez recibida la notificación para formar parte de la mesa, el ciudadano tiene un plazo de siete días para notificar a la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que te impida formar parte de la mesa.

¿Qué pasa si soy suplente y no voy?

Si a un ciudadano se le ha notificado la obligación de acudir a la mesa como suplente, el convocado deberá acudir al emplazamiento electoral a las 8:00 de la mañana. Si la mesa se compone y el suplente no ha tenido que cubrir ninguna ausencia, la responsabilidad jurídica del ciudadano finaliza y este puede marcharse sin ningún inconveniente. En caso de que fuese necesario, el suplente deberá quedarse en la mesa supliendo el puesto que quede vacante.

¿Y si el suplente no acudiese a la mesa, pero su participación no fuese necesaria para su constitución? En ese caso, el ciudadano se enfrenta a la misma sanción a la que se enfrentaría si hubiese faltado a la cita habiendo sido convocado como presidente o vocal.

¿Qué sucede si los convocados no acuden?

Al contar cada miembro de la mesa con dos suplentes, contamos con un sistema que garantiza, en la mayor parte de los casos, la conformación de las mesas. Sin embargo, ¿qué pasaría si ninguno de los suplentes acude al local? En ese caso, los miembros presentes deberán informar a la Junta Local de Zona y adjuntar por correo certificado un escrito explicando lo sucedido. La Junta, entonces, suele configurar la mesa haciendo nombramientos entre los convocados que han acudido a la cita. De este modo, un vocal puede ser nombrado presidente, si el suplente puede ocupar su puesto.

Si se diese el insólito caso de que ningún miembro ni ningún sustituto acudiese a la cita, ¿qué sucedería? Esta situación ya se dio en unas elecciones municipales en Parla, y la decisión de la Junta Electoral fue la de designar a los miembros de entre los votantes que se encontraban presentes en el local electoral, y que se prestaron voluntarios. De modo que, en esta situación, cualquier ciudadano presente en el colegio es susceptible de ser escogido como miembro de la mesa por la Junta Electoral.

El reglamento recoge, aún así, una circunstancias más extrema: si la mesa no se constituye como tarde a las 10:00 de la mañana, la Junta Electoral de Zona convocará nuevas elecciones para la Mesa dentro de los dos días siguientes, y se harán nuevos nombramientos de la mesa electoral.