El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 cataloga como "prácticas abusivas" el cobrar por seleccionar un asiento para menores o personas dependientes o el equipaje de mano, entre otros.
Este ya se trata del sexto expediente de este tipo, las otras empresas afectadas fueron Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea, con un importe total de 179 millones de euros. Las multas llevan ejecutándose desde noviembre de 2024.
¿De cuánto puede ser la sanción?
Aunque desde Consumo todavía no han desvelado la identidad de esta empresa, sí podemos discernir cuál puede ser la cuantía de la penalización. La multa más elevada fue para Ryanair con casi 107,8 millones de euros, seguido de Vueling, con 39,3 millones; Easyjet, con 29,1 millones; Norwegian, con 1,6 millones; y Volotea con cerca de 1,2 millones.

Este nuevo expediente puede contemplar infracciones graves, las que se saldan con multas de entre 10.001 y 100.000 euros hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. En caso de considerarse muy graves podrían ser de entre 100.001 y un millón hasta entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.
El plazo de instrucción de este tipo de expedientes y su resolución, suelen extenderse hasta nueve meses, salvo que haya alguna interrupción motivada por alguna de las circunstancias que prevé la normativa administrativa.
¿Cuáles son estas prácticas abusivas?
Como ocurrió en los últimos cinco expedientes, este procedimiento se abre por prácticas que podrían ser consideradas como abusivas, basándose en el artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Estas incluyen el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina y por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes, así como comisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, lo que puede dificultar la comparabilidad de ofertas y la toma de decisión por los consumidores.
El Gobierno español fue el primero de Europa que impuso sanciones por este tipo de prácticas abusivas cuando el 22 de noviembre de 2024 Bustinduy firmó las órdenes con las que se formalizaron las multas a las cinco compañías citadas, cerrando así los expedientes abiertos en junio de 2023.

El cambio de la normativa no afectaría a los expedientes
El pasado 5 de junio, el Consejo de la Unión Europea, fijó su posición sobre la propuesta de la CE para actualizar la normativa comunitaria sobre retrasos y cancelaciones de vuelo y, dentro de la misma, se incluyó legalizar el cobro el equipaje de mano, propuesta que salió adelante por la mínima.
No obstante, el 24 de junio, la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo votó por amplia mayoría (38 votos a favor de 42) estandarizar las medidas de los bultos que se puedan llevar en cabina, ratificando que el cobro por el equipaje de mano es una práctica ilegal.
Fuentes de Consumo han explicado que, si en el futuro cambiara la normativa, no tendría una afectación directa a la tramitación ni a la resolución vía judicial de los expedientes actuales ni al que se incoa ahora que se hacen sobre la base de la normativa vigente en el momento en el que se han acreditado los hechos.