TRÁFICO

La DGT lanza un aviso a los propietarios de patinetes eléctricos: se acaba el plazo para cumplir la nueva ley

Las multas por no cumplir con estos requisitos podrían alcanzar los 800 euros.

R.G.

Madrid |

La DGT lanza un aviso a los propietarios de patinetes eléctricos: se acaba el plazo para cumplir la nueva ley
La DGT lanza un aviso a los propietarios de patinetes eléctricos: se acaba el plazo para cumplir la nueva ley | Europa Press

Este martes se ha aprobado la regulación del Registro de Vehículos Personales Ligeros que establece la obligación de inscribir los vehículos de movilidad personal (VMP) en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT.

Esto afecta directamente a los patinetes eléctricos, que tendrán que ser inscritos en este registro como paso previo a su aseguramiento.

Respecto a los VMP que cuentan con el certificado de circulación, el Ministerio ha detallado que estos vehículos cumplen los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP, que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas así como de seguridad tanto para el usuario de este como para la del resto de usuarios de la vía. Desde el 22 de enero de 2024 solo se puede vender este tipo de VMP y en la web de DGT el ciudadano puede consultar las marcas y modelos certificados.

Sobre el proceso de inscripción de este tipo de VMP certificados, se deberá consignar los datos del titular, el número de certificado y el número de serie, que constan en la placa de marcaje y la ficha técnica de características. Tras abonar la tasa administrativa correspondiente, el propietario obtendrá el número de inscripción. Una vez solicitada la inscripción, la DGT expedirá el certificado de inscripción digital.

En cuanto a los VMP que no tienen el certificado de circulación, Interior ha aclarado que no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y, por tanto, no tienen placa de marcaje de fábrica. A este tipo de vehículos se les aplica un régimen transitorio que les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque carezcan del certificado de circulación, pero también tienen que ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y obtener el seguro obligatorio.

Para este tipo de patinetes, además de una serie de datos personales del titular, solo se deberá adjuntar factura o ficha técnica o fotografía del VMP. La identificación de este tipo de VMP tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular.

Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir una etiqueta identificativa en un manipulador de placas habilitado que deberá colocarse en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo. Los VMP no certificados deberán colocarlos en un lugar visible.

La inscripción podrá realizarse a través de agentes de seguros en el momento de ir a contratar el mismo o gestores administrativos que ya realizan trámites electrónicos con la Administración.

Multas de hasta 800 euros

La ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, reformada el año pasado, obliga a asegurar todos los VMP, aunque las multas por no hacerlo varían en función de si estos son considerados vehículo personal ligero o vehículo a motor.

Las multas por tener un patinete eléctrico sin seguro de responsabilidad civil serán de entre 202 y 610 euros, mientras que las multas por circular con ellos sin seguro serán de entre 250 y 800 euros.