ELECCIONES 19 DE JUNIO

Andaluces Levantaos recurre en la Junta Electoral la candidatura de Olona a las elecciones 19J

La formación de izquierdas Andaluces Levantaos ha denunciado la candidatura de la cabeza de lista de Vox en los comicios andaluces, Macarena Olona, a la Junta Electoral.

ondacero.es | EFE

Madrid | 18.05.2022 18:01

Andaluces Levantaos recurre en la Junta Electoral la candidatura de Olona a las elecciones 19J | Foto: EFE/ Raúl Caro
La candidata de Vox a las elecciones en Andalucía, Macarena Olona | EFE/ Raúl Caro

Tal y como ya había anunciado previamente, la coalición de izquierdas Andaluces Levantaos ha presentado una denuncia contra la candidatura de Macarena Olona, cabeza de lista de Vox en las próximas elecciones autonómicas del 19 de junio, ante la Junta Electoral de Granada. Además, pide que quede anulada por incumplimiento del requisito de vecindad en la comunidad autónoma y por "empadronamiento ficticio".

El candidato Modesto González ha adelantado las bases del documento que ha preparado el equipo jurídico de su formación, haciendo referencia a lo previsto en el artículo 24.2 de la Ley Electoral de Andalucía por la que se confirma que Vox ha incurrido en irregularidades al presentar la candidatura de Olona.

Queda patente que Olona no ha sido nunca vecina de Andalucía

Según González: "Queda patente que Olona no ha sido nunca vecina de Andalucía, cuestión obligatoria para concurrir a las elecciones como indica la Ley que regula los procesos electorales de Andalucía".

Esto viene dado después de que Macarena Olona confirmase la semana pasada que se había empadronado en Salobreña (Granada). Sin embargo, desde Andaluces Levantaos consideran la inscripción en el censo electoral es "un trámite necesario pero no por ello suficiente".

inscribirse en el censo, pero no ser en realidad vecino o vecina, nos llevaría a una ficción y a un fraude de ley

Modesto González alega que "inscribirse en el censo, pero no ser en realidad vecino o vecina, nos llevaría a una ficción y a un fraude de ley".

Asimismo, en recurso también hacen referencia al artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local, que establece que quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Por otro lado, Adelante Andalucía menciona también en su escrito a otras resoluciones e instrucciones técnicas públicas que dan fuerza a la única idea de que el empadronamiento censal, para que sea normativo, debe realizarse en la vivienda habitual de la persona en cuestión.

"Queda acreditado de forma clara que, cuando existen indicios que hagan dudar de alguno de los datos declarados por el ciudadano, habrá de ordenarse los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos", apunta González. Y reconoce que Olona no utiliza la vivienda como habitual por lo que el empadronamiento "no responde a la realidad y estaría hecho en fraude de Ley".