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La devolución del IRPF de maternidad y paternidad de 2016 y 2017 ya se puede solicitar

Para reclamar la devolución, la agencia tributaria ha habilitado un formulario online en su página web en el que se debe indicar en qué año se percibió la ayuda y un número de cuenta bancaria. El Tribunal Supremo en una reciente sentencia declaró exentas del pago del impuesto de la renta las prestaciones de maternidad y paternidad.

@RguezBurgos

Madrid | 02.01.2019 12:41 (Publicado 02.01.2019 12:26)

Los contribuyentes que cobraron prestaciones de maternidad o paternidad en 2016 y 2017 pueden solicitar desde este 2 de enero la devolución del IRPF correspondiente, según ha explicado la Agencia Tributaria en un comunicado.

Quienes cobraron prestaciones de maternidad o paternidad en 2014 o 2015 pueden solicitar la devolución del IRPF desde el pasado diciembre, mientras que quienes lo hicieron en 2016 o 2017 pueden reclamarla desde este miércoles 2 de enero.

Los contribuyentes que hayan cobrado prestaciones en 2018 no tienen que hacer ningún procedimiento, ya que presentarán la declaración de la Renta de ese ejercicio en 2019 y ya figurarán como rentas exentas.

Los colectivos no integrados en el régimen de la Seguridad Social, como empleados públicos y autónomos, también podrán reclamar las devoluciones por el mismo sistema.

Hacienda estima que se reintegrarán unos 1.200 millones de euros a más de un millón de madres y padres, con un importe medio de 1.600 euros en las prestaciones de maternidad y 383 euros en las de paternidad.

Para reclamar la devolución, la Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico online en su página web en el que se debe indicar el año en que se percibió la ayuda y un número de cuenta bancaria, sin necesidad de adjuntar documentos adicionales. También es posible solicitarlo en papel.