DECISIÓN UNÁNIME DE LOS 9 MIEMBROS DEL JURADO

Prisión permanente revisable para el asesino del niño de Lardero

El Magistrado que ha presidido el juicio ha impuesto a Francisco Javier Almeida la pena de prisión permanente revisable como autor de un delito de asesinato y otros 15 años de prisión por un delito de agresión sexual según sentencia conocida hoy y después de que recientemente el jurado le declarara culpable del asesinato del pequeño Alex.

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Onda Cero La Rioja

Logroño | 18.04.2023 11:53

Se trata de la pena máxima que recoge nuestro ordenamiento y era solicitada tanto por la Fiscalía como por las acusaciones particular y popular y pone fin así a un caso que ha convulsionado a la sociedad riojana por su crueldad.

La sentencia, de más de 200 folios, considera que se trata de un asesinato con alevosía cometido para intentar ocultar la agresión sexual previa y considera probado que el 28 de octubre de 2021 Almeida llevó a su casa mediante engaño al pequeño Álex, donde le agredió sexualmente y le provocó la muerte por asfixia.

El juez considera probada la violación y el asesinato “con violencia extrema” a tenor de las lesiones que se encontraron en el cuerpo del niño.

Una “brutalidad que excedía a la que resulta inherente para la comisión del delito”, precisa la sentencia, que otorga una “absoluta incredibilidad” al testimonio dado por Almeida en el juicio, al que califica como “del todo irrazonable, inverosímil y contrario al más elemental sentido común”.

Un acto infinitamente abyecto, cruel y malvado

El Magistrado señala en su sentencia que para imponer la máxima pena por agresión sexual se ha tenido en cuenta la edad de la víctima, su imposibilidad de defenderse, la reincidencia del condenado y su extrema peligrosidad.

La sentencia también reconoce el derecho de los padres de recibir una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 300.000 euros para cada uno de los progenitores y 60.000 para el hermano, haciendo constar el juez que “cualquier cifra nunca podría compensar el daño causado” en una familia sumida en una “desolación vitalicia e irremediable” como consecuencia de un acto “infinitamente abyecto, cruel y malvado”.

No es de aplicación la ley de Solo si es Si

El juez ha aplicado el tipo hiper cualificado del Código Penal porque hubo penetración bucal y se ejecutó con una gran violencia. No se aplica la LO 10/2022, (Ley Sólo Si es Si) dado que sólo sería posible si fuera más favorable al reo. Se explica en la sentencia que en este caso no lo es, porque “las circunstancias en las que se cometió este delito son tan graves que la única pena que procede imponer es la máxima legalmente prevista”, y que también está recogida en la reciente ley.

Se trata de la segunda pena que se impone en La Rioja de prisión permanente revisable después de que la madre de la niña Carolina asesinara a su hija en la habitación de un hotel de Logroño.