El Documento Oficial de Extremadura, el DOE, publica este martes, el Decreto por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024. Sería el 1 de enero, Año Nuevo, 6 de enero, Reyes. Jueves y Viernes Santo, que serían 28 y 29 de marzo. El 1 de mayo, día del Trabajo. Santa María de Agosto, el día 15. El Pilar, 12 de Octubre, así como Todos los Santos, 1 de Noviembre y el puente de Diciembre y de la Inmaculada, los días 6 y 8 de diciembre, además del día de Navidad, 25 de diciembre. En 2024, al caer el día de Extremadura 8 de septiembre, en Domingo, no se pasará al lunes, y el festivo se ubicará en el martes de carnaval, el día 13 de febrero.
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
28 de marzo, Jueves Santo.
29 de marzo, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
8 de septiembre, Día de Extremadura. (Al caer en domingo, no se pasaría la festividad al lunes, y se escogería el 13 de febrero, martes de Carnaval, como día festivo autonómico)
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor