Sucesos

La Guardia Civil levanta acta contra la dueña de un comercio de Elche en el que se localizan 59 botellas de whisky sin etiqueta fiscal

Esa mercancía estaba valorada en más de 20.000 euros

David Alberola García

Elche | 21.03.2022 10:09

Agente de la Guardia Civil con una botella de whisky en el establecimiento denunciado en Elche.
Agente de la Guardia Civil con una botella de whisky en el establecimiento denunciado en Elche. | Guardia Civil

La patrulla Fiscal de Fronteras de la Guardia Civil ha incoado expediente sancionador a la propietaria de un comercio de Elche por tenencia de bebidas alcohólicas ilegales. En la actuación llevada a cabo, los agentes han intervenido 59 botellas de whisky de alta calidad que están valoradas en 20.167 euros y carecían de la correspondiente etiqueta fiscal.

Según ha informado el instituto armado este lunes, los productos incautados ha quedado a disposición de la Administración de Aduanas de Alicante, al tiempo que todas las actuaciones policiales realizadas han sido remitidas a la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Alicante, dependiente de la Agencia Tributaria, que ahora analizará las botellas de whisky y procederá a resolver el expediente sobre la supuesta infracción administrativa de contrabando.

La actuación, llevada a cabo el pasado 3 de marzo, de la Guardia Civil se ha enmarcado en un operativo rutinario contra el fraude alimentario.

Las botellas fueron localizadas en el almacén del establecimiento careciendo de su correspondiente precinto fiscal. Por ello, la mercancía fue inmovilizada y precintada por los agentes, al tiempo que se identificó a la propietaria del supermercado, de nacionalidad china, a la que se incoó expediente sancionador.

Desde la Guardia Civil se ha insistido en que la Ley de Impuestos Especiales califica como infracción tributaria la tenencia de bebidas derivadas con fines comerciales sin ostentar marcas fiscales cuando la cantidad exceda de 10 litros. Desde el instituto armado se ha insistido en que “esa infracción, cuando no constituya infracción tributaria grave, se sancionará con una multa pecuniaria proporcional del 10 por ciento de la cuota que correspondería a los productos en circulación, con un mínimo de 600 euros por cada infracción”.