Tribunales

Condenado a doce años y seis meses de prisión un hombre por maltratar habitualmente a su pareja y forzarla sexualmente en Novelda

La resolución es de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante

Onda Cero Elche

Elche | 15.03.2024 09:02

Audiencia Provincial Alicante.
Audiencia Provincial Alicante. | ondacero.es

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a doce años y seis meses de prisión a un hombre de 36 años por maltratar a su pareja y forzarla sexualmente en el domicilio en el que residían en Novelda.

El hombre ha sido considerado responsable de un delito de maltrato habitual por el que le impone una pena de dos años de cárcel, así como de otro continuado de agresión sexual por el que suma otros diez años y seis meses de prisión.

La resolución ha absuelto al procesado de otros tres delitos de maltrato de los que también se le acusaba, dos en el ámbito de la violencia de género y otro en el ámbito de familiar, al estimar que no han quedado acreditados durante el juicio.

La sentencia considera constatado que el hombre sometió a su pareja a un trato vejatorio, profiriéndole insultos de forma reiterada como “rata de alcantarilla”, “desgraciada”, “gitana de mierda” o expresiones como “tenías que morirte” o “no te mereces vivir”. Del mismo modo, cree demostrado que golpeaba a la mujer, que le tiraba objetos y que la encerraba en una habitación durante horas “como castigo”.

Por otro lado, el fallo concluye que la mujer sufrió agresiones sexuales en al menos tres episodios y detalla que ambos dormían en habitaciones separadas como consecuencia de la mala relación que existía entre los dos y que él acudía al dormitorio de ella para agredirle.

El tribunal ha resuelto que ese comportamiento cuando la víctima se quedó embarazada y ambos se trasladaron a vivir a la vivienda de la familia del condeno en Novelda, en compañía de otra hija de la mujer, fruto de una relación anterior.

El fallo considera al procesado responsable de un delito de maltrato habitual por el que le impone una pena de dos años de cárcel, así como de otro continuado de agresión sexual por el que suma otros diez años y seis meses de prisión.

Además de la pena de prisión, el tribunal ha dictado una orden de alejamiento a más de 300 metros respecto a la víctima durante 15 años y ha impuesto al condenado el pago a la víctima de una indemnización de 10.000 euros en compensación por los daños morales ocasionados, además de otros 1000 euros a su hija.

La sentencia no es firma por cuanto la misma puede ser recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.