Fútbol

El Elche no incluyó la cláusula de renovación de Luis Pérez en su contrato federativo

La cláusula duodécima del documento firmado el 3 de junio de 2016 especifica que era un “pre-acuerdo” condicionado a pasarlo por la Federación y La Liga

ondacero.es

Elche | 05.07.2017 13:56

Luis Pérez, el día de su presentación como jugador del Elche CF.
Luis Pérez, el día de su presentación como jugador del Elche CF. | Elche CF

Luis Pérez y su representante, Rodrigo Fernández Lovelle, lo tienen claro: el futbolista está libre en el mercado desde el pasado 1 de julio. El lateral firmó un precontrato con la entidad franjiverde el 3 de junio de 2016 que incluía dos cláusulas suspensivas que debían cumplirse para que el documento tuviese validez: que el resultado de las pruebas médicas realizadas por los doctores de la entidad fuera “positivo” y que La Liga y la Real Federación Española de Fútbol tramitasen su licencia y su contrato a favor del Elche CF. El segundo factor, a la vista de la documentación, no se cumplió estrictamente en base al documento que alega el club ilicitano. Por ahí es por donde el jugador justifica su libertad para poder firmar por otro equipo.

Luis Pérez firmó su vinculación con el Elche CF el 3 de junio de 2016. El documento aparece suscrito por el futbolista andaluz y por los entonces directivos Ramón Segarra y Juan Contreras. En él se estipula que el lateral se comprometía por una temporada con el equipo a expensas de la decisión de la dirección deportiva de hacerle ficha o no con la primera plantilla. En caso de tener licencia profesional pasaría a percibir el mínimo salarial para un jugador de Segunda División (77.500 euros). Y en el supuesto de ser inscrito con el filial recibiría 20.000 euros brutos más 6.000 euros de ayuda para vivienda, con dos cláusulas por objetivos que le podían añadir un plus acumulativo de 15.000 euros en caso de disputar 20 o 30 partidos oficiales, con un mínimo de 45 minutos por encuentro.

Sin embargo, el conflicto con el que se topa la validez del documento es que en la cláusula duodécima se refleja que “el presente contrato tiene la condición de pre-acuerdo a expensas de la firma del contrato definitivo en el modelo oficial de la RFEF y la LNFP”. El Elche CF sostiene que el contrato federativo sí se rubricó - como es evidente para que pudiese defender los colores del equipo - pero la parte del futbolista apunta que ese “pre-acuerdo” no se añadió como anexo al contrato federativo y, por tanto, carece de validez legal. Es más, todas las cláusulas especificadas en el precontrato no están en las dos páginas del federativo, donde solo se estipula que Luis Pérez tiene vinculación con el equipo ilicitano por un año, sin opción de prórroga. Las cantidades (25.000 euros en el federativo) tampoco son las mismas que el primer documento firmado.

Ahora tendrá que ser un Juzgado, en caso de que el Elche CF decida apurar la vía legal, quien dictamine si ese documento firmado por el jugador y por dos consejeros de la entidad tiene validez o si por el contrario queda anulado por el presentado ante el organismo federativo el 18 de agosto de 2016. Ese segundo contrato fue firmado por el futbolista, por el presidente Diego García y por el entonces secretario general Juan Pascual sin haber anexado las nueve páginas firmadas en el primer pre-acuerdo. Ese ‘olvido’ del Elche CF le puede hacer perder la razón ahora que Luis Pérez quiere buscar una mejor salida en el mercado, tras el descenso a Segunda División B.

El Elche CF sostiene que ese pre-acuerdo tiene validez legal porque en varias ocasiones se habla en el escrito de “contrato” supeditado a dos cláusulas suspensivas que se cumplieron positivamente para ambas partes. En caso de que no hubiese sido así, debería haberse notificado “por escrito o vía fax” para haberlo anulado. Y eso no se produjo. En la tercera cláusula también se especifica que el Elche CF se reservaba la opción de prorrogar “unilateralmente” por dos años, con preaviso al jugador antes del 31 de mayo como así se hizo. Incluso se le llegó a transferir la cifra de 5.000 euros por “la opción de prórroga contractual referida en la cláusula tercera antes del 30 de junio”, pero esa cifra fue devuelta por el futbolista dado que no reconoce la vigencia de ese primer acuerdo.

Las cláusulas unilaterales también han sido motivo de controversia al dejar solo en mano de una de las partes – en este caso el Club – el trabajo del jugador, por lo que la entidad ilicitana alude a la renovación automática por haber disputado más de diez partidos con 45 minutos. Disputó 23 partidos oficiales, entre Liga y Copa, de los que en 21 de ellos estuvo más de 45 minutos en el terreno de juego.

Por último, en la cláusula 7.3 se especifica que si Luis Pérez formaba parte de la primera plantilla y se consumaba el descenso, quedaría libre como ha sucedido con el resto de jugadores profesionales. No obstante, su caso es igual al de Liberto Beltrán en ese aspecto porque su licencia pertenecía al segundo equipo, de Tercera División, y esa cláusula carece de validez.