AUDIENCIA DE ALICANTE

Condenado por adueñarse del coche que fue a recoger al concesionario en nombre de su víctima

Una mujer le había confiado la retirada y transporte de un coche del concesionario y en lugar de entregárselo se apropió de él y lo registró a nombre de una conocida, también condenada

Redacción

Alicante |

Edificio de la Audiencia Provincial de Alicante
Edificio de la Audiencia Provincial de Alicante | EP/Archivo

Un hombre de nacionalidad ecuatoriana de 41 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante por engañar a una mujer que le había confiado la retirada y transporte de un coche del concesionario en el que lo había comprado ya que, en lugar de entregárselo, se apropió de él con la intención de aumentar su patrimonio y lo registró a nombre de una conocida.

Después, esa conocida -que ya había sido juzgada y condenada por esos mismos hechos- vendió el vehículo a un tercero que no tenía constancia de quién lo había adquirido inicialmente.

Los hechos tuvieron lugar a partir de agosto de 2018 cuando, según la sentencia de un tribunal de la Sección Primera, detalla que la perjudicada compró el coche, de la marca BMW, en un concesionario situado en Arganda del Rey, en Madrid.

El precio de compra acordado entonces ascendía a 15.000 euros y la víctima entregó una primera cantidad de 7.500 euros el 7 de agosto tras concertar un préstamo personal con una entidad bancaria.

Después, encomendó al procesado la tarea de su recogida pero éste se apropió del coche y lo puso a nombre de una allegada, quien lo vendió a una tercera persona el 7 de enero de 2019.

El encausado asumió la autoría de los hechos en el inicio de la vista, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, de manera que el tribunal ha dictado una sentencia condenatoria ‘in voce’ que ahora se plasma por escrito en la que se le impone al procesado la pena de seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida.

Además, la resolución judicial establece que deberá indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 15.000 euros de forma conjunta y solidaria con la mujer ya juzgada y condenada en un fallo que es firme, sin que quepa la posibilidad de recurso.