memoria democrática

Anulan una condena de 1940 a un capitán del Ejército de Alicante

👉El Auto Judicial es el primero de estas características que se dicta en la Comunidad Valenciana

Pepe Requena | Agencias

Alicante | 15.03.2024 19:05

Un documento de la represión franquista tras la Guerra Civil
Un documento de la represión franquista tras la Guerra Civil | EFE/Archivo

El juez de Primera Instancia número 6 de Alicante ha anulado, por ilegales, la condena y las sanciones impuestas a un capitán del Ejército, ya fallecido, por parte de un consejo de guerra franquista del año 1940, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat. Es, además, el primero de estas características que se dicta en la Comunitat en virtud de la reforma de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022.

Esta reforma afecta a los expedientes de la Ley de Jurisdicción voluntaria relativos a declaraciones judiciales de hechos pasados y tiene como finalidad garantizar el derecho a la Justicia en relación a las violaciones de derechos humanos producidas durante la Guerra Civil y la Dictadura, así como procurar una reparación y un reconocimiento personal a quienes padecieron esa persecución.

Según el alto tribunal valenciano, el magistrado ha entendido que en este caso concurren todos los requisitos para acceder a la petición cursada por un hijo del militar represaliado y declarar el carácter ilegal y nulo tanto de la condena como de la sanción impuesta a su padre.

El militar, que había obtenido el grado de capitán como primero del concurso de oposición, fue detenido el 31 de marzo de 1939 y juzgado después por el consejo de guerra por el delito de auxilio a la rebelión.

El 13 de septiembre de 1940 un consejo de guerra le condenó en Alicante a veinte años de reclusión menor y le degradó en su empleo al de sargento, es decir, suboficial, tras serle negado sus ascensos a alférez, teniente y capitán.

Su hijo inició el procedimiento

El hijo del capitán presentó el pasado año un expediente de jurisdicción voluntaria para obtener una declaración judicial sobre la realidad y las circunstancias de hechos pasados determinados.

En su comparecencia en sede judicial, el demandante manifestó que su padre no tenía ideología y había prestado servicio “en distintos frentes”, cuando la sentencia del consejo de guerra justificaba la condena por motivos ideológicos al señalar expresamente la “ayuda” que el procesado “prestó de manera no continua a la causa roja”.

El titular del juzgado, con el informe favorable del Fiscalo, ha estimado ahora íntegramente la solicitud del demandante y, tras anular la condena, ha reconocido al militar represaliado su graduación como oficial del Cuerpo de Seguridad y Asalto en la escala de oficiales, con el empleo de capitán, que es el que ostentaba en el momento de la condena.