ELECCIONES CASTILLA Y LEÓN

Elecciones Castilla y León 2022: ¿Cómo saber si formas parte de una mesa electoral?

El próximo domingo, 13 de febrero, se celebran en Castilla y León las elecciones autonómicas. Conoce aquí si formas parte de una mesa electoral.

ondacero.es | Onda Cero Valladolid

Valladolid | 17.01.2022 14:23 (Publicado 17.01.2022 12:39)

El presidente y los vocales de las mesas son designados por sorteo público
El presidente y los vocales de las mesas son designados por sorteo público | Agencia EFE

El pasado 20 de diciembre de 2021, el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, convocó de manera anticipada las elecciones en la Comunidad Autónoma para el próximo domingo 13 de febrero.

La campaña electoral arrancará el viernes 28 de enero y terminará el 11 de febrero, dos días antes de la votación y el sábado 12 de febrero será la jornada de reflexión. Aunque no se podrán publicar, difundir o reproducir encuestas entre el 8 de febrero y el 12.

¿Cómo saber si formo parte de una mesa electoral?

Por otro lado, ya se puede conocer si formas parte de la mesa electoral en las elecciones del 13 de febrero en los que hay que introducir los 8 dígitos y la letra del NIF sin guiones, ni espacios, rellenar el captcha y presionar 'Consultar'.

Según indican desde el Gobierno de España "los Ayuntamientos no publican los resultados de los sorteos, solo los notifican a los designados como miembros de Mesa electoral. Así, el resultado de los sorteos les consta a los Ayuntamientos y a las Juntas Electorales de Zona".

Además, apuntan que "los designados por el sorteo celebrado en el Pleno Municipal, se les notifica su condición de miembros de Mesa durante los tres días siguientes al sorteo, aunque si se produce más tarde, el retraso no será causa invalidante de la designación". Es decir, se debería comunicar a lo largo de esta semana si formas parte de la mesa electoral. Estas personas recibirán junto con la notificación, un Manual de Instrucciones para los Miembros de las Mesas electorales.

¿Qué condiciones tengo que cumplir para formar parte de una mesa electoral?

Para poder ser miembro de una mesa electoral se deben cumplir los siguientes requisitos escritos en la Ley Electoral:

  • Ser mayor de 18 años y menor de 70: Es decir, haber nacido entre el 13 de febrero de 2004 (inclusive) y el 13 de febrero de 1952 (sin incluir).
  • Tener el título de Bachiller o de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

Sin embargo, para poder ser vocal o suplente de vocal en las elecciones tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años y menor de 70: Es decir, haber nacido entre el 13 de febrero de 2004 (inclusive) y el 13 de febrero de 1952 (sin incluir).
  • Saber leer y escribir.
  • Figurar censado en la mesa.

Cómo evitar formar parte de una mesa electoral

Para librarse de ser miembro de una mesa electoral se tiene que alegar alguno de los siguientes supuestos en un plazo de 7 días:

  • Ser mayor de 65 años.
  • Los que tengan una discapacidad igual o superior al 33%.
  • La condición de pensionista de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
  • La situación de incapacidad temporal para el trabajo, acreditada mediante la correspondiente baja médica.
  • Estar embarazada de 6 meses y el período correspondiente de descanso maternal, acreditada mediante certificado médico o mediante copia del escrito de su reconocimiento.
  • El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos, lo que se acreditará mediante certificación de los responsables de los mismos.
  • Si han formado parte de una mesa electoral en los últimos 10 años al menos tres veces.
  • La condición, debidamente acreditada, de víctima de un delito, declarado o presunto.
  • La lesión, dolencia o enfermedad física o psíquica que, aunque no haya dado lugar a una declaración de incapacidad para el trabajo, impida ejercer las funciones de miembro de una mesa electoral.
  • La previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes en el día de la votación.
  • La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas en las que el ideario o el régimen de clausura resulten contrarios o incompatibles con la participación en una mesa electoral.
  • El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma.
  • La condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.
  • El cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
  • El cuidado directo y continuo de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.
  • La concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que el interesado sea el protagonista o guarde con éste una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • La condición de madre o padre de menores de catorce años, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral.
  • Quienes durante el día de la votación deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.
  • Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etc.
  • Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
  • Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido.

¿Cómo sé en qué mesa electoral voto?

Aunque esta información llega al domicilio, también se puede consultar en qué mesa y local electoral votas a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística. Para ello, se tendrán que rellenar los siguientes datos: Provincia, Municipio e Inicial del Primer Apellido.

¿Qué derechos tienen los miembros de las mesas electorales?

Los miembros de las mesas electorales, tanto los presidentes como los vocales y los suplentes que resulten finalmente designados, tienen los siguientes derechos:

  • Percibirán una dieta.
  • Tendrán derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día siguiente a las elecciones.
  • Estarán protegidos por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en los comicios.