COVID Cantabria

Estas son las restricciones del ‘Semáforo COVID’ en Cantabria en función del nivel de alerta

¿Cuáles son las restricciones en cada nivel de alerta del ‘Semáforo COVID’ en Cantabria?

Alicia Real

Santander | 30.11.2021 12:21

Restricciones covid
Restricciones covid | libre de derechos

El ‘Semáforo COVID’ en Cantabria contempla 5 niveles de alerta diferentes. Niveles para los que Sanidad plantea distintas restricciones.

Aquí te contamos cuáles son los niveles y qué medidas se pondrán en marcha en cada uno de ellos.

Nivel Riesgo Controlado

  • Mantener una distancia entre personas de, al menos, 1,5 metros.
  • No existe límite de aforo sin perjuicio de la necesidad del mantenimiento de la distancia interpersonal. Cuando no sea posible mantener dicha distancia, se adoptarán las medidas generales de higiene y prevención adecuadas:
  • Uso de mascarilla: Espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público. Al aire libre cuando no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las personas. Medios de transporte.
  • Higiene de manos frecuente.
  • Higiene respiratoria: evitar contacto social si tienes síntomas compatibles, cubrirse la boca con un pañuelo antes de estornudar, usar pañuelos desechables.
  • Prohibido fumar en la playa, en terrazas, en eventos multitudinarios y en la vía pública cuando no sea posible mantener una distancia interpersonal de 2 metros, ante la población vulnerable la distancia será de 4 metros.

Nivel 1

      • Hostelería y restauración interior aforo 75% y 10 personas por mesa, terraza 10 personas por mesa.
      • Establecimientos de ocio nocturno interior aforo 50% y 10 personas por mesa, terraza 10 personas por mesa.
      • Comercio minorista aforo 75%.
      • Monumentos y equipamientos culturales sin restricciones de aforo, grupos máximo 25 personas.
      • Cines, teatros y espectáculos culturales aforo 100%. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 75%.
      • Velatorios, funerales y otras ceremonias interior aforo 75%.
      • Actividad física aforo 75%.
      • Actividad deportiva en instalaciones cubiertas aforo 75%.
      • Público en eventos deportivos. Público sentado. En instalaciones cubiertas aforo 75%, si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 50%. Al aire libre aforo máximo 100%, si se permite el consumo de bebida y/o comida aforo máximo 75%.

      Nivel 2

      • Hostelería y restauración interior aforo 50% y 6 personas por mesa, terraza 10 personas por mesa.
      • Establecimientos de ocio nocturno valoración de la autorización de la apertura en función del riesgo.
      • Comercio minorista aforo 50%.
      • Monumentos y equipamientos culturales aforo 75%, grupos máximo 15 personas.
      • Cines, teatros y espectáculos culturales aforo 75%. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 50%.
      • Velatorios, funerales y otras ceremonias interior aforo 50%.
      • Actividad física aforo 50%, máximo 6 personas por sala.
      • Actividad deportiva en instalaciones cubiertas aforo 50%.
      • Público en eventos deportivos. Público sentado. Aforo 75%. Si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 50%.

      Nivel 3

      • Hostelería y restauración aforo interior 1/3 y 6 personas por mesa, terraza 10 personas por mesa.
      • Establecimientos de ocio nocturno cierre.
      • Comercio minorista aforo 1/3.
      • Monumentos y equipamientos culturales aforo 50%, grupos máximo 6 personas.
      • Cines, teatros y espectáculos culturales aforo 50%. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo de 1/3.
      • Velatorios y funerales y otras ceremonias interior aforo 1/3.
      • Actividad física aforo 1/3, máximo 6 personas por sala.
      • Actividad deportiva en instalaciones cubiertas aforo 1/3.
      • Público en eventos deportivos. Público sentado. En instalaciones cubiertas aforo 50%. Al aire libre aforo máximo 50%, si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 1/3.

      Nivel 4

      • Hostelería y restauración interior con medidor de CO2 aforo 25% y 4 personas por mesa. Terraza aforo 75% y 6 personas por mesa.
      • Establecimientos de ocio nocturno cierre.
      • Comercio minorista aforo 1/3.
      • Monumentos y equipamientos culturales aforo 1/3, grupos máximo 4 personas.
      • Cines, teatros y espectáculos culturales aforo 1/3. Público sentado. Si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 25%.
      • Velatorios y funerales y otras ceremonias interior aforo 1/3.
      • Actividad física con medidor de CO2 aforo 25%, máximo 4 personas por sala.
      • Actividad deportiva en instalaciones cubiertas con medidor de CO2 aforo 25%.
      • Público en eventos deportivos. Público sentado. En instalaciones cubiertas aforo 1/3. Al aire libre aforo máximo 1/3, si se permite el consumo de bebida y comida aforo máximo 25%.