El acto de conciliación entre el rey emérito y el diputado del Parlamento de Cantabria y expresidente del Gobierno autonómico Miguel Ángel Revilla, tendrá lugar el viernes 16 de mayo, a las diez de la mañana en la sala de vistas n.º 10 de la sede judicial de Las Salesas, en Santander.
El señalamiento ya ha sido comunicado a la representación del conciliante y también personalmente al conciliado, en su despacho del Parlamento de Cantabria.
Revilla irá con su abogado
El expresidente de Cantabria Miguel Ángel Revilla acudirá junto a su abogado, José María Fuster-Fabra, al acto de conciliación convocado el próximo 16 de mayo en los Juzgados de Santander previo a la interposición de la demanda anunciada por el rey emérito, que reclama al regionalista 50.000 euros por supuestas injurias y calumnias.
Así lo ha indicado el despacho Fuster-Fabra en un comunicado difundido esta tarde, horas después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) informara de la fecha del acto de conciliación. El señalamiento judicial fue comunicado a la representación de Juan Carlos I y también personalmente al expresidente cántabro y líder del PRC, en su despacho del Parlamento de Cantabria donde es diputado.
Fuster-Fabra, abogado catalán, experto en terrorismo y afiliado al PRC, ha manifestado a través del citado comunicado que entienden "perfectamente el interés" de los medios de comunicación y que comprenden y respetan su trabajo -más cuando cuentan con Revilla como "colaborador habitual", ya que es asiduo a diferentes programas de ámbito nacional-.
Por eso, ha señalado el letrado del regionalista, agradecen la "comprensión" de los periodistas de que "debe ser en sede judicial" donde "manifieste aquello que estime conveniente en defensa de los intereses" de Revilla, rehusando así hacer declaraciones previas.
Esta por ver si también acudirán el monarca emérito y la abogada designada por él con motivo de esta demanda: Guadalupe Sánchez, que también se encarga de las acciones civiles emprendidas por Alberto González Amador -el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso-.
Comparecencia de acto de conciliación
El acto de conciliación está regulado en la Ley de Jurisdicción Voluntaria y consistirá en una comparecencia de las partes ante la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Santander. Conciliante y conciliado podrán acudir por sí mismas o por medio de su procurador.
Si no comparece la parte solicitante se le tendrá por desistido y se archivará el expediente, mientras que si no lo hace el conciliado, se pondrá fin al acto, teniéndose la conciliación por intentada a todos los efectos legales.
En el acto de conciliación, el solicitante expondrá su reclamación y contestará el requerido lo que crea conveniente.
Si se alcanza conformidad entre los interesados en todo o en parte del objeto de la conciliación, se hará constar detalladamente en un acta todo cuanto acuerden y que el acto terminó con avenencia, así como los términos de la misma, debiendo ser firmada por los comparecientes.
Si no se consigue acuerdo alguno, se hará constar que el acto terminó sin avenencia.
Finalizada la comparecencia, la letrada de la Administración de Justicia dictará un decreto donde hará constar el resultado de la misma: la avenencia o, en su caso, que se intentó sin efecto o que se celebró sin avenencia, acordándose el archivo definitivo de las actuaciones.

