LOBO

El TSJA estima el recurso de los ecologistas y anula el II Plan de Gestión del Lobo

Se preveía abatir hasta 53 ejemplares hasta marzo de 2026

Europa Press

Oviedo |

Imagen de archivo de un lobo ibérico
Imagen de archivo de un lobo ibérico | Agencias

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias TSJA, en sentencia dictada el 21 de abril, ha estimado el recurso interpuesto por la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica y Ecoloxistes N'Aición d'Asturies contra la Resolución, de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias, por la que se aprueba el programa anual de actuaciones de control del lobo 2025-2026. Dicho plan preveía abatir 53 ejemplares hasta marzo de 2026.

El fallo declara nula la resolución al entender que el Ejecutivo autonómico sustentó el programa en el II Plan de Gestión del Lobo de Asturias, aprobado en 2015, que había quedado "tácitamente derogado" tras la entrada en vigor de la orden estatal de 2021 que incluyó a la especie en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE).

La defensa de la administración se oponía a los argumentos de los recurrentes, sosteniendo que no había habido derogación del Decreto y que el acto impugnado no era de carácter general, por lo que no se vulneró el derecho a la audiencia.

Sin embargo, el tribunal concluye que la resolución impugnada carece de soporte normativo, ya que el Decreto 23/2015 fue derogado tácitamente por la Orden TED/980/2021, que establece un nuevo marco jurídico incompatible con la autorización de controles letales.

Por lo tanto, se estima el recurso y se anula la resolución impugnada, declarando que el programa de control del lobo no puede basarse en un plan de gestión que ha perdido su eficacia.

La Sala acuerda la anulación de la resolución impugnada por no ser conforme a derecho. No obstante, no impone costas a ninguna de las partes y se admite la posibilidad de interponer recurso de casación.