ELECCIONES GENERALES 2023

¿Me puedo librar de la mesa electoral si tengo un viaje pero la reserva no está a mi nombre?

La JEC permitirá a los ciudadanos evitar formar parte de una mesa electoral si esto obliga a cancelar un viaje, siempre que se cumplan una serie de condiciones.

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ondacero.es

Madrid | 11.06.2023 17:09

El plazo que tienes para argumentar tus alegaciones y 'librarte' de la mesa electoral
Mesa electoral en unas elecciones | Europa Press

La convocatoria de elecciones generales anunciada por el presidente del Gobierno tras los comicios municipales pilló a los españoles por sorpresa y, en muchos casos, con las vacaciones ya organizadas.

El miedo a perder un viaje o a no poder acudir a algún evento importante ha generado muchas dudas sobre en qué casos se está exento de ser miembro de una mesa electoral (en caso de ser designado).

En un principio, la ley no exime a los ciudadanos de participar en una mesa electoral por tener un viaje programado y reservado, pero la excepcionalidad de la fecha de las próximas elecciones generales (23 de julio, en pleno verano) ha hecho que Junta Electoral Central tenga en cuenta este aspecto.

Así, el pasado jueves conocimos la resolución de la JEC que eximirá a los ciudadanos de formar parte de una mesa electoral si esto implica cancelar un viaje o una estancia vacacional, aunque será necesario cumplir una serie de requisitos.

Condiciones para librarse de la mesa electoral

Las "excusas" aceptadas por la JEC para evitar ser miembro de una mesa electoral el próximo 23 de julio son las siguientes:

  • La obligación de cancelar un viaje o estancia vacacional.
  • Que suponga un perjuicio económico o un trastorno grave.
  • Que el viaje o la estancia en cuestión fuera contratada antes del 30 de mayo, fecha en la que se publicó el decreto de convocatoria de elecciones.

¿Y si la reserva no está a mi nombre o no he pagado aún el viaje?

También puede darse el caso de que el viaje o la estancia vacacional aún no esté pagada o que la reserva esté a nombre de otra persona. En casos así, aunque aún no está muy claro qué documentos habría que mostrar ante la JEC, lo recomendable es presentar toda la documentación posible: el alquiler del coche, el billete de tren o avión, la reserva de la habitación...

Siempre se tendrá en cuenta el perjuicio económico para el ciudadano, aunque este aspecto es "interpretativo" y dependerá de cada Junta Electoral, ya que lo prioritario para ellas es la conformación de las mesas.