LEY DE BIENESTAR ANIMAL

¿Puedo entrar a comer a un restaurante con mi perro? Esto dice la ley animal

M.P.

Madrid | 18.03.2023 13:08

¿Puedo entrar a comer a un restaurante con mi perro? Esto dice la ley animal
Un perro dentro de un restaurante junto a su dueña | Pexels

El Congreso de los Diputados aprobó esta semana una de las leyes que ha enfrentado al Gobierno de coalición: la Ley de Bienestar Animal, que originó una división en el Ejecutivo a cuenta de la no inclusión de los perros de caza en la norma.

Sea como fuere, el texto finalmente se aprobó y la nueva norma castiga nuevos comportamientos y endurece las sanciones. Se considera a las mascotas como "seres sintientes" y se abre una nueva era frente a la "impunidad de los maltratadores de animales", según palabras de Ione Belarra, impulsora de la medida.

La norma va dirigida a los animales domésticos y silvestres en cautividad, y su objetivo es garantizar el bienestar animal y la protección de su dignidad y capacidad de sentir, con el desarrollo de mecanismos legales para las elevadas cifras de abandono, estableciendo un marco legal común en todo el territorio español.

¿Puedo entrar en un restaurante con mi perro?

Una de las principales claves de esta ley es la que se refiere al acceso con animales de compañía a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos. Según recoge el artículo 29, en su punto número 2, "los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas".

Asimismo, se establece que podrán entrar "a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica".

Es decir, los animales de compañía sí podrán acceder a establecimientos públicos o privados siempre que dicho establecimiento lo permita. En caso de no hacerlo, la norma explica que el recinto tendrá que "mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento".

Obligaciones de los dueños que entren a un establecimiento con su mascota

Pero las obligaciones no sólo corren a cuenta del establecimiento que permita, por ejemplo, la entrada a los animales, sino que el propio dueño tendrá que cuidar que su mascota cumpla una serie de condiciones.

Según el punto número 5 del mismo artículo 29, "las personas responsables de animales de compañía que puedan acceder a los transportes y establecimientos y lugares señalados en los apartados anteriores, deberán llevar al animal conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad que se determinen por el propio establecimiento o medio de transporte, así como la legislación sectorial específica.