Madrid | 14.01.2020 17:28
Cuenta todo el periodo en que un empleado fijo discontinuo ha trabajado y no sólo el tiempo que efectivamente trabajó.
El Tribunal Supremo aplica un criterio fijado por el Tribunal de Justicia de la UE, estrena doctrina y les da la razón a los trabajadores fijos discontinuos de Hacienda, que reclamaban su derecho a que los periodos no trabajados les cuenten a la hora de calcular la antigüendad para cobrar trienios y para también para promocionar.
Debe tenerse en cuenta todo el tiempo de duración de la relación laboral o se produciría una diferencia de trato peyorativa para estos trabajadores en relación con los contratados a tiempo completo, dice la Sala 4 del Tribunal Supremo.