Tribunal Supremo

Los trienios de los fijos discontinuos de la AEAT deben calcularse según toda la relación laboral

La Sala 4 del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que el cálculo de la antigüedad de los trabajadores fijos discontinuos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a efectos de promoción económica y de promoción profesional, tiene que realizarse sobre toda la duración de la relación laboral y no únicamente sobre el tiempo de prestación efectiva de los servicios.

Eva Llamazares

Madrid | 14.01.2020 17:28

Cuenta todo el periodo en que un empleado fijo discontinuo ha trabajado y no sólo el tiempo que efectivamente trabajó.

El Tribunal Supremo aplica un criterio fijado por el Tribunal de Justicia de la UE, estrena doctrina y les da la razón a los trabajadores fijos discontinuos de Hacienda, que reclamaban su derecho a que los periodos no trabajados les cuenten a la hora de calcular la antigüendad para cobrar trienios y para también para promocionar.

Debe tenerse en cuenta todo el tiempo de duración de la relación laboral o se produciría una diferencia de trato peyorativa para estos trabajadores en relación con los contratados a tiempo completo, dice la Sala 4 del Tribunal Supremo.