trece años después

El Constitucional avala definitivamente la ley del aborto del Gobierno de Zapatero

La norma jurídica ha sido respaldada por una mayoría de siete magistrados, los del bloque progresista, frente a cuatro, los del ala conservadora

ondacero.es | Agencias

Madrid | 09.05.2023 14:42 (Publicado 09.05.2023 14:40)

El Constitucional avala definitivamente la ley del aborto del Gobierno de Zapatero/ EFE/Juan Carlos Hidalgo
El Constitucional avala definitivamente la ley del aborto del Gobierno de Zapatero | EFE/Juan Carlos Hidalgo

El Tribunal Constitucional (TC) ha dado el aval definitivo a la ley del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010 con una sentencia aprobada en el Pleno de este martes que rechaza el recurso del PP.

La norma jurídica ha sido respaldada por una mayoría de 7 magistrados, los del bloque progresista, frente a 4, los del ala conservadora

Los cuatro magistrados conservadores han anunciado un voto particular para desmarcarse del fallo, mientras que la magistrada progresita María Luisa Balaguer ha avanzado que emitirá un voto concurrente, siguiendo de esta forma la misma dinámica que con la 'ley Celaá'.

El asunto más antiguo que tenía el TC

El Pleno ha aprobado la ponencia redactada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, finiquitando así el asunto más antiguo que tenía pendiente la corte de garantías.

La ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo supuso la implantación del sistema de plazos estableciendo un límite de 22 semanas para poder abortar.

Consagra el aborto como un derecho de la mujer exigible a las administraciones públicas

Ahora, según avanzaron las citadas fuentes, el TC consagra el aborto como un derecho de la mujer. No como un nuevo derecho fundamental, aclaran, sino enmarcado en el derecho a la integridad personal y, en este sentido, en la libre autodeterminación, siguiendo la línea marcada en la sentencia sobre la ley de la eutanasia.

Al igual que con dicho fallo, el Constitucional le otorga un contenido prestacional para garantizar que el ejercicio de este derecho pueda ser exigido a las administraciones públicas.

La sentencia elaborada por Montalbán supone una aproximación novedosa respecto al anterior borrador, del magistrado conservador Enrique Arnaldo, que pivotaba sobre los derechos del no nacido o 'nasciturus'.

A este respecto, las fuentes indican que la nueva ponencia no niega los derechos del 'nasciturus' pero sí da mayor importancia a los de la mujer, así como a su bienestar.

La propuesta de Arnaldo pasaba por respaldar prácticamente toda la ley, salvo el artículo 17 por considerar que la forma de informar a la mujer --mediante un sobre cerrado-- no garantiza suficientemente que dé un consentimiento informado a la interrupción voluntaria del embarazo.

El pasado 9 de febrero, el TC rechazó dicha ponencia y Arnaldo declinó redactar otra que recogiera el sentir mayoritario, por lo que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, le encargó a Montalbán elaborar "una nueva resolución que desestime el recurso de inconstitucionalidad" del PP.