Incendio Atalayas

Piden al juez que no permita al Ayuntamiento de Murcia personarse en la causa del incendio de Atalayas

Familiares de cuatro víctimas en el incendio de la discotecas de Atalayas han registrado un escrito en el juzgado en el que dicen que "no puede ser parte de la acusación quien es responsable de los hechos" y piden que se rechace la personación del Ayuntamiento ni como acusación popular ni particular.

Rosa Roda

Murcia | 13.10.2023 11:25

Piden al juez que no permita al Ayuntamiento de Murcia personarse en la causa del incendio de Atalayas
Piden al juez que no permita al Ayuntamiento de Murcia personarse en la causa del incendio de Atalayas | Juan Carlos Caval -EFE

El abogado, José Manuel Muñoz, en representación de cuatro de las 13 víctimas del incendio de las discotecas de Atalayas pide al juez que no permita al Ayuntamiento de Murcia personarse en la causa ni como acusación popular ni particular "ya que existen n indicios claros y contundentes de la responsabilidad del Ayuntamiento en la comisión de los hechos" y lo hace en base a los siguientes preceptos legales:

  • El Ayuntamiento no puede personarse como Acusación Particular porque no es perjudicado, por lo que no le resulta de aplicación el artículo. 110 de la LECRIM.
  • Tampoco resulta de aplicación el artículo 109 Bis, en su apartado 2º que del mismo cuerpo legal que va referidos a delitos cometidos con la finalidad de impedir u obstaculizar a los miembros de las corporaciones locales el ejercicio de sus funciones públicas. El objeto de las diligencias es la muerte por imprudencia de trece personas, no versa sobre obstáculos al ejercicio de funciones públicas.
  • Tampoco cabe la posibilidad de que el Ayuntamiento de Murcia se persone en las diligencias como acusación popular, puesto que en los procedimientos en los que se investiga un único hecho, no puede ser parte de la acusación quien es responsable de los hechos.

"Los indicios de criminalidad surgen desde el momento en que las Autoridades Municipales manifestaron que el local estaba funcionando sin licencia y que el Decreto de 10 de febrero de 2022 que ordenaba el cese de la actividad no se había ejecutado por el Servicio de Inspección de actividades, a pesar de existir una orden expresa de 11 de octubre de 2022, dictada por el que fuera Teniente Alcalde Delegado de Urbanismo y Transición Ecológica D. Andrés Guerrero Martínez, en el que le ordenaba al mencionado servicio para que girase visita de inspección y en caso de que no se hubiese ejecutado de manera voluntaria el cese del ejercicio de la actividad, procediera a la ejecución forzosa mediante precinto del establecimiento. Los responsables municipales no pudieron explicar por qué la orden de cierre y precinto no fue ejecutada" dice el escrito presentado en el juzgado que investiga los 13 homicidios por imprudencia.

Los familiares de cuatro de las víctimas consideran también que " atendiendo a la gravedad de los hechos acontecidos, se hace necesaria una investigación judicial de la corporación municipal al completo con la finalidad de determinar la causa por la que no se ejecutó la orden de cierre y precinto del local".

Entienden estos familiares que laúnica forma de participación admisible del Ayuntamiento de Murcia sería como responsable civil subsidiario, posición procesal pasiva que responde de las responsabilidades civiles derivadas del ilícito penal que implican al mismo Ayuntamiento.

Entienden estas cuatro familias que la personación del Ayuntamiento de Murcia en la causa "no sería una acusación más, sino que tendría graves perjuicios procesales, ya no solo los obstáculos e impedimentos que se planteen, sino porque los resultados de la investigación que se practique puede tener consecuencias negativas sobre miembros del Ayuntamiento, su situación puede variar, siendo totalmente incompatible con la acusación".