Ayuntamiento de Palencia

El equipo de gobierno propone que bicicletas y patinetes eléctricos pueden circular por aceras y zonas peatonales entre las 21:00 y las 08:00 horas

El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Palencia propone para los patinetes eléctricos la obligatoriedad de llevar casco si son menores de 16 años, contar con luz delantera y trasera, vestir chaleco reflectante en situaciones de baja visibilidad y horario nocturno y contar con seguro de Responsabilidad Civil.

Onda Cero Palencia

Palencia | 26.02.2020 18:37 (Publicado 26.02.2020 18:36)

Nuevas normas para conductores de patinetes
Nuevas normas para conductores de patinetes | ondacero.es

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Palencia ha propuesto a los integrantes de la Comisión Informativa de Tráfico la modificación de la ordenanza municipal. Se recoge de forma excepcional, un horario de circulación para bicicletas y patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales de la ciudad, comprendido entre las 21:00 y las 8:00 horas, siempre que se realice a paso de peatón, esto es, sin exceder los 6 km/h y la afluencia de peatones lo permita.

Además se establece para patinetes eléctricos la obligatoriedad de llevar casco en lugar de ser menores de 16 años, de contar con luz delantera y trasera, de vestir chaleco reflectante en situaciones de baja visibilidad y horario nocturno, de contar con seguro de Responsabilidad Civil, y de someterse a controles de alcohol y drogas, además de la prohibición de ir usando el teléfono móvil, cascos o auriculares, o de viajar más de una persona.

Asimismo, los patinetes eléctricos tienen terminantemente prohibido acceder montados en túneles o pasadizos peatonales, al igual que sucede con las bicicletas, aunque sí tendrán prioridad sobre el resto de los vehículos, pero no sobre los peatones, y siempre y cuando accedan no superen los 6 km/h, en aquellas zonas que el Ayuntamiento delimite como restringidas para la circulación de vehículos.

Otras novedades que se pretenden introducir en la ordenanza, siempre que el Pleno Municipal lo apruebe, atañen, en primer lugar, a la posibilidad de que las personas con discapacidad que presenten movilidad reducida o personas con dificultades sobrevenidas, puedan obtener un permiso anual para el acceso de vehículos en zonas peatonales, siempre que adjunten a la solicitud, la acreditación legal oportuna sobre la discapacidad con movilidad reducida o justificación que acredite la imposibilidad de acceder de forma voluntaria, junto con el volante de empadronamiento, vehículo que accede y la documentación del propietario del vehículo.