Ley 'sí es sí'

La Audiencia de Asturias revisará sentencias de oficio a la luz de la ley 'Montero'

El tribunal tendrá en cuenta criterio de 'proporcionalidad'

Arturo Téllez

Oviedo | 28.11.2022 17:09

La Audiencia de Asturias revisará sentencias de oficio a la luz de la ley 'Montero'
La Audiencia de Asturias revisará sentencias de oficio a la luz de la ley 'Montero' | ondacero.es

Revisión de oficio

La Audiencia Provincial de Asturias acuerda "revisar las sentencias firmes de los procesos en que el penado este cumpliendo efectivamente la pena o esté pendiente, bajo prisma de proporcionalidad atendiendo al contenido integro de la sentencia de la que se trate". La revisión será, por tanto, de oficio. Por eso, "no se revisarán de oficio las sentencias condenatorias cuando el cumplimiento de la pena este suspendido, sin perjuicio de hacerlo en caso de que se revoque la suspensión y antes de proceder al cumplimiento efectivo de la pena cuya suspensión ha sido revocada".

Unificación de criterio

Los Magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Asturias han tomado esta decisión para unificar los criterios de aplicación de la ley 'Montero' en caso de posible rebaja de penas a condenados por agresiones sexuales, decisión tomada en sesión bajo la presidencia del presidente de la Audiencia Provincial, José Antonio Soto-Jove Fernández. El acuerdo prevé que se dará traslado al ministerio fiscal, a las partes personadas y a la víctima, se encuentre o no personada en el procedimiento. El acuerdo precisa que se podrán interponer contra la revisión los mismos recursos que se podrían presentar con la sentencia condenatoria.