Elecciones País Vasco 2024

¿Se puede votar con el DNI caducado en las elecciones en el País Vasco? Lo qué debes saber

Alicia Bernal

Madrid | 21.04.2024 07:03

La Junta Electoral Central no descarta exigir el DNI para el voto por correo en toda España/ EFE/ Julio Muñoz.
Imagen de una urna durante unas elecciones | EFE/ Julio Muñoz.

Las vascas y vascos se preparan para ir este domingo 21 a las urnas en las elecciones en el País Vasco y votar al nuevo Lehendakari. Un proceso electoral que no es baladí teniendo en cuenta que se elegirá al nuevo Lehendakari que sustituirá a Íñigo Urkullu, quien ostenta el cargo desde hace 12 años.

Está por ver si finalmente las encuestas son certeras y EH Bildu acaba ratificando un sorpaso que podría ser histórico, teniendo en cuenta que el PNV dejaría de ser el partido más votado por primera vez.

Sea como fuere, durante estas horas, todo se centra en el proceso electoral y la foto fija está en los colegios electorales. En este sentido, para poder ejercer el voto, no solo se necesita estar registrado en la lista del censo, también presentar el DNI. Y es precisamente sobre esta última cuestión cuando surge una de las preguntas más habituales, ¿qué ocurre si se me olvida o está caducado?

¿Se puede votar con el DNI caducado?

Si llegas al colegio electoral y te das cuenta de que tienes el Documento Nacional de Identidad (DNI) caducado, podrás ejercer tu derecho al sufragio igualmente. Eso sí, siempre y cuando presentes el original y no una fotocopia. En muchas ocasiones personas ancianas llevan encima una copia del DNI, en vez del original. Por lo que es importante que sus amigos y familiares les recuerden que deben ir a votar con el DNI original.

De la misma manera, el carnet de conducir y el pasaporte también son alternativas válidas para que el Presidente de la mesa electoral se asegure de quién eres y te permita ejercer el voto. Al igual que con el DNI, aunque estén caducados se pueden presentar mientras sean documentos auténticos.

Qué ocurre si hay dudas sobre la identidad del votante

Según establece el artículo 81 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en el caso de que los componentes de la mesa electoral tengan dudas acerca de la identidad del votante, aún a pesar de la exhibición de los documentos identificativos, tienen que decidir entre ellos por mayoría si se acepta o no el voto del elector.