La palabra procurador tiene una resonancia histórica que, para muchos, remite inevitablemente a las Cortes franquistas. Durante la dictadura, los llamados “procuradores en Cortes” eran los miembros de las Cortes Españolas, un órgano no elegido por sufragio universal, sino designado desde distintas instancias del régimen. Ese uso del término quedó marcado en la memoria colectiva y explica que hoy pueda generar cierta confusión.
Sin embargo, en Castilla y León la denominación tiene un significado muy distinto y una intención claramente histórica. Se trata de un estatus único dentro del sistema autonómico español: mientras en el resto de parlamentos regionales sus miembros son diputados o diputadas, en las Cortes de Castilla y León se les denomina oficialmente procuradores.
De hecho, el propio Estatuto de Autonomía lo explica así: “El Estatuto de Autonomía utiliza la denominación ‘Procuradores’ para referirse a los miembros de las Cortes de Castilla y León. Con ello se pretende vincular nuestra institución con la tradición histórica, al utilizar el mismo término que se reservaba a los representantes de las ciudades en la antigua Corona de Castilla.”
Es decir, al margen de las connotaciones que pudo adquirir en el siglo XX, la denominación busca conectar de forma deliberada con la tradición política medieval del antiguo Reino de Castilla.
Las Cortes de Castilla: representantes de los territorios
Para entender esta elección hay que retroceder varios siglos, hasta las Cortes de Castilla. En ellas, los procuradores eran los representantes enviados por las ciudades y villas del reino. No acudían a título individual, sino en nombre de un territorio concreto, con el mandato de defender sus intereses ante el monarca.
Ese modelo de representación —donde cada territorio enviaba a sus procuradores con voz propia— fue evolucionando con el tiempo, pero mantuvo una impronta que algunos historiadores consideran destacable en la historia temprana del parlamentarismo europeo. De hecho, hay quien señala que la Junta de Ávila, con sus conocidas Leyes Perpetuas de 1520, plantea un antecedente notable no solo en España sino en los procesos de control y limitación del poder monárquico, mucho antes de eventos como la Revolución Francesa.
Este trasfondo histórico explica por qué en Castilla y León no suena extraño hablar de procuradores: es un término que remite a siglos de tradición representativa territorial, en la que no solo importaba quién era el representante, sino de dónde venía y a quién respondía.
También en Álava: un término con raíces forales
El uso del término procurador no es exclusivo de Castilla y León. En el País Vasco, por ejemplo, los procuradores de las Juntas Generales de Álava son los representantes elegidos por sufragio universal que integran el máximo órgano legislativo y fiscalizador del territorio histórico.
Estos procuradores —51 en total— son equivalentes a diputados provinciales: legislan en materias forales como carreteras, cultura o fiscalidad propia y controlan a la Diputación Foral, incluyendo la elección del Diputado General. Su denominación también tiene raíces históricas que se remontan a las antiguas juntas de los concejos alaveses, donde los representantes de cada cuadrilla (distrito electoral) defendían intereses locales.

