CAMBIOS EN LA DGT

Las novedades de la DGT en el carnet de conducir que afecta a los jubilados

El 30% de los fallecidos en accidentes de tráfico en la Unión Europea son mayores de 65 años. Te contamos cuáles son las novedades para renovar el carnet para las personas de este grupo de edad.

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ondacero.es

Madrid | 09.05.2023 12:56

Las novedades de la DGT en el carnet de conducir que afecta a los jubilados
Las novedades de la DGT en el carnet de conducir que afecta a los jubilados | Unplash

La Dirección General de Tráfico (DGT) está introduciendo novedades en cuanto a la normativa vial para lograr reducir lo máximo posible los accidentes de tráfico, ya que en 2022 se produjeron 1.042 siniestros mortales en las carreteras españolas en los que fallecieron 1.145 personas y otras 4.008 resultaron heridas gravemente.

Cuando llegas a una determinada edad seguir conduciendo no depende de esto, sino del estado de las capacidades y aptitudes que tenga el conductor para así no poner en peligro a las demás personas en las carreteras.

Así es la nueva medida de la DGT para jubilados

Las personas mayores de 65 y 70 años verán modificaciones en la normativa vial y de tráfico respecto a su conducción. El plazo que tienen las personas que pertenecen a este grupo para renovarse el carnet de conducir es de diez años, aunque con la nueva normativa ese plazo se verá reducido a los cinco, aunque para las personas mayores de 70 años será de dos años.

Para conseguir la renovación del carnet deberán aprobar una pruebas físicas en las que se estudiarán y analizarán las aptitudes y reacciones para comprobar si estas personas pueden seguir poniéndose al volante. La subdirectora de Educación y Formación Vial de la DGT, María José Aparicio, afirma que "el 30% de los fallecidos en accidentes de tráfico en la Unión Europea son mayores de 65 años".

Algunos efectos de la edad que afectan en la conducción

Es totalmente cierto que cumplir años conlleva una serie de efectos que pueden afectar negativamente a nuestra conducción. Estos pueden ser:

  • Rigidez en músculos y articulaciones.
  • Disminución de reflejos.
  • Dificultades de visión.
  • Problemas de audición.
  • Complicaciones para dividir la atención entre varias tareas.
  • Problemas para conducir en zonas desconocidas congestionadas o en cualquier situación que genere estrés.
  • Mayor propensión a la fatiga.
  • Dificulta para leer rápidamente carteles y cumplir con las señales.
  • Problemas a la hora de conducir en situaciones meteorológicas adversas.

Esto no afecta a las enfermedades de no renovación

El recorte de los años para renovarte el carnet de conducir en los mayores no afecta a las enfermedades que son las causas de no renovación y suponen la retirada del carnet, según recoge el anexo IV del Reglamento General de Conductores.

  • Cardiacas: arritmias, intervención con marcapasos e infarto agudo de miocardio.
  • Respiratorias: apena del sueño o disnea permanente.
  • Crónicas: Alzheimer, Parkinson, Esclerosis Lateral Amiotrófica, Artritis, reumatoide.
  • Algunas afecciones degenerativas, vasculares, oncológicas y endocrinas.
  • Trastornos psiquiátricos: depresión, trastorno de personalidad o del sueño, TDH y trastorno obsesivo-compulsivo.
  • Problemas de visión.
  • Enfermedades neurológicas como la perdida de consciencia, isquemia y epilepsia.

¿A qué edad se debería dejar de conducir?

No existe una edad exacta a la que se debe dejar de conducir puesto que las capacidades y aptitudes varían en función de cada persona y no necesariamente de la edad, pero si debemos tener en cuenta ciertos parámetros.

  • El conductor está inseguro en la conducción.
  • Tiene despistes y equivocaciones en rutas rutinarias.
  • Si sufre con relativa frecuencia accidentes, rozaduras o choques.
  • Los desplazamientos que conoce le llevan más tiempo del normal.