CAMPAÑA RENTA 2022

El simple error al presentar el borrador de la Renta que te puede costar hasta 100 euros de multa

Este martes ha comenzado la campaña de la Renta y el paso más importante es comprobar detenidamente el borrador, porque los errores pueden costar caros.

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ondacero.es

Madrid | 11.04.2023 13:34

El simple error al presentar el borrador de la Renta que te puede hasta 100 euros
El simple error al presentar el borrador de la Renta que te puede hasta 100 euros | ondacero.es

Desde este martes 11 de abril, ya se puede presentar el borrador de la declaración de la Renta 2022. Así, durante los próximos meses y hasta el 30 de junio, que es la fecha límite, todos aquellos contribuyentes que estén obligados deberán rendir cuentas con la Agencia Tributaria.

En este sentido, son vitales los plazos para presentar la Renta porque de no cumplirlos, el ciudadano se expone a una multa económica por no cumplir con sus obligaciones tributarias. No es la única sanción a la que se enfrenta uno cuando se expone a la Renta.

No cumplimentar bien los datos, pasar por alto algún que otro cobro recibido o no incluir las cifras correctas, entre otras, supondrán que la Agencia Tributaria nos envie un requerimiento que en la mayoría de los casos conllevará una multa (además de tener la obligación de regularizar la situación con el fisco lo antes posible).

Borrador con errores

Por norma general, el trámite suele ser sencillo, ya que el borrador lo rellena la Agencia Tributaria de forma automática. Pese a todo, esto no significa que la documentación aportada por el fisco no pueda contener errores que si no se subsanan también supondrán una multa (por mucho que haya sido un proceso automático).

Y no solo eso, los propios técnicos de Hacienda siempre instan a los contribuyentes a revisar bien cada punto, ya que incluso cabe la posibilidad de meter algún tipo de deducción que no había sido incluida y con la que es posible beneficiarse económicamente.

Multas en la Renta

Sea como fuere, y regresando al apartado de las sanciones, la normativa tributaria de infracciones diferencia hasta tres tipos: leve, grave o muy grave y que varía dependiendo de la cuantía de la liquidación que será la base de la sanción. Cuando ésta sea inferior a 3.000 euros o cuando no exista ocultación, será leve. Si se supera esta cifra o sí que se actúa de forma premeditada -es decir, hay ocultación-, la infracción ya pasa a ser grave o muy grave.

El caso es que, como decimos, se trata de un trámite que requiere especial atención. De hecho, uno de los errores más simples tiene que ver con el domicilio fiscal. Y es que en caso de haberlo cambiado y no especificarlo, Hacienda puede poner una multa de hasta 100 euros (aunque el resto de la declaración sea correcta).