AGENCIA TRIBUTARIA

Esta es la sanción a la que se pueden enfrentar autónomos y empresas por los softwares de doble uso

Los 'softwares de doble uso' permiten manipular la contabilidad y ahora su tenencia o uso será sancionado con multas de hasta 50.000 euros.

ondacero.es

Madrid | 18.10.2021 18:47

Imagen de archivo de teletrabajo
Imagen de archivo de teletrabajo | Pexels

El 11 de octubre entró en vigor la norma que prohíbe el software contable de doble uso, dentro de la nueva ley contra el fraude fiscal (Ley 11/2021) que se publicó el pasado10 de julio. La mayoría de medidas contra el fraude de la nueva ley entraron en vigor el 11 de julio. Sin embargo, la parte referida al software contable de doble uso ha entrado en vigor hace tan solo una semana.

La nueva norma busca evitar la manipulación de "los números" a través de una doble contabilidad, y obliga a autónomos y empresas a utilizar un software contable que no permita la alteración y ocultación de datos y garantice "la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros". Estos programas deberán contar, además, con un certificado que lo constate y que otorgará el Ministerio de Hacienda.

La normativa no solo castigará la utilización de estos programas, sino que también sancionará "la tenencia de sistemas o programas informáticos o electrónicos que no estén debidamente certificados". La fabricación, producción y comercialización de este tipo de sistemas que no cumplan con la norma también serán motivo de sanción.

El empleo del software de doble uso provoca unas pérdidas de ingresos públicos de miles de millones de euros. Así, el Ministerio de Hacienda estima que alrededor de 200.000 millones de euros han sido ocultados a la Agencia Tributaria con el uso de estas herramientas que permite a las empresas llevar una 'caja B'.

¿Qué son los programas de doble uso?

Los software de doble uso permiten llevar una doble contabilidad. Para que ser catalogado como programa de doble uso debe poder realizar algunas de las siguientes operaciones: llevar contabilidades distintas entre sí, ocultar o alterar transacciones realizadas total o parcialmente o registrar otras diferentes a las anotadas, no cumplir con los requisitos técnicos para garantizar la integridad de los registros o no estar certificado según lo acorde a la ley.

Sanciones

Los autónomos o empresas que no cumplan con la nueva normativa podrán enfrentarse a multas de hasta 150.000 euros por la fabricación, producción y comercialización de softwares de doble uso, y de hasta 50.000 euros para cualquier profesional que utilice o disponga de este tipo de programas informáticos. En este último caso, la nueva ley determina que su tenencia "constituye infracción tributaria" aunque no se utilice para manipular la contabilidad.