JUSTICIA

Los Juzgados de lo Social de Badajoz condenan al INSS a indemnizar a los padres por la denegación de la prestación de paternidad

Una sentencia relevante en Extremadura refuerza el derecho a la igualdad y la posibilidad de reclamar daños por la vía judicial.

Redacción

Extremadura |

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Juzgados | antena3.com

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha sido condenado en varias sentencias por los Juzgados de lo Social de Badajoz al pago de una indemnización a un padre al que, en su momento, se le denegó injustamente la prestación por nacimiento y cuidado de menor, a pesar de asumir íntegramente el cuidado del hijo.

Estos procesos, de recientes sentencias, han sido tramitados por el despacho ONSURBE Abogados, con la dirección letrada del abogado Jorge Calvo, quien destaca el impacto social de esta resolución:

"Se debe reconocer este derecho a todas las personas sin que pueda haber discriminación alguna. Esta indemnización hace justicia sobre el hecho de que la Administración ha obligado al ciudadano a emprender acciones judiciales para defender su derecho."

Las sentencias consideran que la actuación del INSS vulnera el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, incurriendo en discriminación directa por razón de sexo, al denegar al padre una prestación que en iguales condiciones sí habría sido reconocida a una madre.

Las distintas sentencias subrayan que los demandantes no solo tuvieron que esperar injustamente el reconocimiento de su derecho, sino que se vieron forzados a acudir a la vía judicial para obtenerlo. En consecuencia, se reconoce el derecho de ser indemnizado por los perjuicios sufridos, no solo económicos, sino también morales, derivados del esfuerzo procesal exigido injustamente por la Administración.

Desde el mismo despacho, el abogado Álvaro Ronquillo también ha querido destacar la tendencia de resolución administrativa en algunos casos recientes: "La Administración ha comenzado a reconocer este derecho por vía administrativa. Sin embargo, cuando se ha tenido que acudir a los tribunales, es legítimo exigir una indemnización por el perjuicio sufrido. En cada caso habrá que valorar el alcance del daño provocado por la demora."

Esta corriente de sentencias abre la puerta a nuevas reclamaciones por parte de padres que, habiendo visto vulnerados sus derechos en el pasado, pueden ahora reclamar indemnización por el perjuicio sufrido, incluso si el derecho fue reconocido con posterioridad.