elecciones municipales y autonómicas

La Junta Electoral Central expedienta a Isabel Rodríguez por no ser neutral como portavoz del Gobierno

Se expone a una sanción por arremeter contra el PP desde su posición de ministra portavoz del Gobierno. La JEC le recuerda su deber constitucional de neutralidad

Ismael Terriza

Madrid | 04.05.2023 15:20 (Publicado 04.05.2023 15:19)

Fue, aprovechando una pregunta sobre el traslado de los restos de José Antonio Primo de Rivera, cuando Isabel Rodríguez señaló que "el Gobierno está en los problemas que no está el Partido Popular, que ni está ni se le espera, que no ha estado en toda esta legislatura, que no ha estado cuando se le necesitaba para dar respuesta a la pandemia y que no ha participado de todos y cada uno de los grandes avances que ha protagonizado este país a pesar de las circunstancias. Ni en las reformas para los trabajadores como la reforma laboral, ni los incrementos del salario mínimo, ni la subida de las pensiones, ni ahora para atender la política pública de vivienda, ni está ni se le espera y, por tanto, tienen que recurrir a este tipo de argumentos para atacar al Gobierno, porque nada tienen que ofrecer a España".

Ahora la Junta Electoral señala que "cabe reputar espontáneas las manifestaciones antedichas; sin embargo, aunque la ausencia de premeditación mitigue la responsabilidad de la ministra portavoz, no exime a esta del deber de diligencia con el que debe comportarse en sus intervenciones institucionales, evitando la emisión de manifestaciones con connotaciones electoralistas, incluso en aquellas situaciones en las que haya periodistas que le formulen preguntas que pueda comprometer su deber constitucional de neutralidad".

No es la primera vez

La JEC añade además que esa debida imparcialidad debe ser especialmente observada en periodo electoral. Por otra parte, no sería esta la primera vez que Isabel Rodríguez estaría quebrantando la prohibición establecida en el artículo 50.2; pues, con anterioridad, ya fue requerida por la Junta Electoral Central en dos ocasiones para que extremase su diligencia con el fin de evitar vulnerar el deber de neutralidad en el curso de actos institucionales

Por tanto, se procede a incoar expediente sancionador a Isabel Rodríguez para dilucidar, en su caso, que la eventual infracción sea merecedora de sanción. En segundo lugar, se insta a que dicte las instrucciones oportunas para que durante lo que resta de período electoral sean retiradas de la web institucional aquellas manifestaciones contra el Partido Popular. A partir de ahora Isabel Rodríguez tiene dos meses para, contra este acuerdo de la JEC, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.