Advierte además el juez de que, con la nueva ley, ante un crimen de este tipo cometido contra periodistas o cooperantes "ni aún los familiares de víctimas o el Ministerio Fiscal podrán instar la apertura de diligencias en España para al menos identificar a la víctima, solicitar la autopsia u otras diligencias urgentes o investigar como acontecieron los hechos".
Ello derivará en que, "pese a que existen múltiples esfuerzos y recomendaciones a nivel mundial para perseguir y sancionar este tipo de delitos", éstos quedarán impunes en España, por lo que cree que la "decisión del legislador será discutible y podrá provocar debates en torno a tal impunidad, no solo para el presente caso sino para otros posibles".
Pedraz se ha visto por lo tanto obligado a cerrar este caso en cumplimiento de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia por el caso Tíbet, que constata la falta de jurisdicción y competencia de los tribunales españoles en este tipo de causas tras la reforma de la justicia universal.
Después de la sentencia del Supremo sobre el caso Tíbet, que los magistrados del alto tribunal hicieron "extensible a procedimientos con similar fundamento", el juez entiende que no hay margen para continuar la investigación del caso Couso, sobre la muerte del cámara, José Couso, el 8 de abril de 2003, tras ser disparado por un tanque estadounidense cuando se encontraba en un hotel de Irak.