ELECCIONES ANDALUCÍA 2022

Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones de Andalucía

La Junta Electoral Central ha decidido ampliar el plazo para depositar el voto por correo para las elecciones autonómicas de Andalucía por los efectos de la huelga convocada en Correos los días 1 y 3 de junio.

ondacero.es

Madrid | 14.06.2022 12:00

Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones de Andalucía
Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones de Andalucía | Getty Images

El próximo 19 de junio se celebran elecciones en Andalucía y son muchos los ciudadanos que están plateándose el sentido de su voto. Aquellos que decidieron optar por el voto por correo y no acudir presencialmente al colegio electoral, cuentan con una prórroga en las fechas.

Prórroga del plazo de votación

Debido a la huelga que se convocó en Correos a principios del mes de junio, la Junta Electoral Central informó de que se ha ampliado el plazo para emitir el voto por correo hasta el viernes 17 de junio “en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales y como máximo hasta las 14 horas".

Ya el pasado 5 de mayo la Junta Electoral Central, acordó autorizar la ampliación del plazo inicialmente previsto para el depósito del voto en las oficinas de Correos para el personal militar que se encuentre navegando o fuera del territorio nacional hasta el día 16, con el depósito de los envíos antes de las 14,00 horas en la Oficina Principal en Madrid.

Se duplican las solicitudes de voto por correo

Correos ha informado de que ha admitido un total de 176.598 solicitudes de ciudadanos andaluces que desean ejercer por correo su derecho a voto en las elecciones al Parlamento andaluz del 19 de junio. Se trata de un crecimiento del 98% respecto a las anteriores autonómicas celebradas el 2 de diciembre de 2018

¿Es necesario acudir a la oficina de Correos?

Los solicitantes del voto por correo tienen la posibilidad de entregar el sobre con su voto al cartero que les haya entregado la documentación electoral en el mismo momento. Tras esto, recibirán un justificante acreditativo de la emisión de voto y se evita el desplazamiento a la oficina postal.

Se trata de una medida extraordinaria que adoptó la Junta Electoral Central con motivo de la pandemia del COVID-19, para la protección de la salud de los votantes y del personal de Correos en las elecciones autonómicas madrileñas

Asimismo, podrá acudirse a cualquier Oficina de Correos en el plazo indicado para realizar este trámite, como se ha venido haciendo tradicionalmente.