ECONOMÍA

Cómo evitará el Gobierno que el impuesto a la banca y a las eléctricas afecten al bolsillo de los consumidores

Los nuevos impuestos del Gobierno a la banca y empresas energéticas tendrán un carácter temporal, aunque muchos se preguntan cómo se podrá evitar que haya consecuencias para el bolsillo de los ciudadanos.

👉 Los nuevos impuestos del Gobierno: gravará un 4,8% los ingresos de la banca y un 1,2% los de las energéticas

A.M.

Madrid | 28.07.2022 16:56

Cómo evitará el Gobierno que el impuesto a la banca y a las eléctricas afecten al bolsillo de los consumidores
Dos personas repasan una factura en una imagen de archivo. | Pexels

PSOE y Unidas Podemos han registrado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados por la que se establece un nuevo impuesto a las grandes empresas energéticas que gravará con un 1,2% sus ventas, mientras que el de la banca aplicará un tipo del 4,8% sobre comisiones e intereses netos.

Las nuevas prestaciones tienen que ver con los resultados de los ejercicios de 2022 y 2023, que se abonarán en el mes de septiembre del año siguiente, con un pago a cuenta del 50% del total que se abonará en febrero.

¿Cómo evitará el Gobierno que afecte al bolsillo de los ciudadanos?

El Gobierno prevé recaudar unos 7.000 millones de euros en dos años para ayudar a sufragar el coste de las medidas para paliar los efectos de la guerra en Ucrania con estos impuestos temporales.

Este viernes tendrá lugar una reunión entre Ejecutivo y sector empresarial para informar de una medida que ha levantado polémica por las dudas que plantea: ¿cómo evitarán que esto afecte al bolsillo de los ciudadanos?

En primer lugar, estos pagos no podrán deducirse en el impuesto de sociedades ni repercutirse al cliente, algo que vigilará la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) -en colaboración, en el caso de la banca, con el Banco de España- y cuyo incumplimiento podría suponer sanciones por el 150% del importe repercutido.

Además, los tributos tienen amparo en el artículo 31.3 de la Constitución, puesto que se materializan como prestaciones patrimoniales de naturaleza pública y de carácter no tributaria, igual que la aportación que ya realiza la banca por sus activos fiscales diferidos.