Cotizaciones en la Seguridad Social

Así afecta el Ingreso Mínimo Vital a la pensión de jubilación

Si percibes el Ingreso Mínimo Vital puede que te hayas preguntado cómo afectará a tu jubilación. ¿Cotiza o no cotiza la nueva prestación? Esto es todo lo que debes saber.

María Gil

Madrid | 25.11.2021 06:06

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá | EFE/ Mariscal

Desde que se pusiera en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV) han sido 1,45 millones las solicitudes recibidas hasta el mes de septiembre y 337.000 las aprobadas, según los últimos datos ofrecidos por el Gobierno.

La prestación va dirigida a "prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas", especifica el Ministerio de Seguridad Social, y el objetivo es garantizar un mínimo de ingresos.

Se trata, por definición, de una ayuda no contributiva, lo que quiere decir que no cotiza en la Seguridad Social para la pensión por jubilación. Esto se debe a que el citado organismo no recibe ningún porcentaje de esta ayuda económica, ya que el beneficiario recibe la cuantía íntegra.

¿Se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital y la pensión de jubilación a la vez?

Cabe recordar que, según recoge el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se trata de una ayuda compatible con otros ingresos y ayudas "sociales de carácter finalista" siempre y cuando no se supere el umbral mínimo por unidad de convivencia.

Así pues, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) puede ser compatible en determinados casos con la pensión no contributiva de jubilación, aunque no lo será con las pensiones contributivas.

Esta es la que reciben los mayores de 65 años "en estado de necesidad, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva".

Asimismo, para poder percibir la prestación deberán cumplir con los requisitos mínimos de ingresos y patrimonio.

¿Qué ayudas son compatibles con el Ingreso Mínimo Vital?

La prestación económica que el Gobierno de Pedro Sánchez ha puesto en marcha puede percibirse a la vez que otras ayudas.

Una de ellas es el paro, que, además, sí cotiza a la Seguridad Social, pues se trata de una prestación contributiva. Otras son las becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia o similares.

¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

Tal como indica la web de la Seguridad Social, el Ingreso Mínimo Vital podrá pedirse a través de la Sede Electrónica con o sin certificado digital.

Primero, se deberá rellenar el formulario con la siguiente información:

  • Datos del solicitante.
  • Datos de las personas que integran su unidad de convivencia.
  • Ingresos y patrimonio.
  • Datos fiscales.
  • Cuenta bancaria.
  • Alegaciones a tener en cuenta no recogidas en el formulario.
Por otra parte, se deberá adjuntar un documento en el que figure el siguiente texto, acompañado del nombre y apellidos, DNI y firma:

"Sirva este escrito que acompaño a mi solicitud de fecha………..como acreditación de mi voluntad de solicitar el ingreso mínimo vital".

Firmado:

No obstante, aquellas personas que prefieran presentar la solicitud de forma presencial esta se podrá realizar en los Centros de Atención e información de la Seguridad Social (CAISS), o bien por correo ordinario.