CRISIS SANITARIA

El TSJ de Navarra rechaza el toque de queda por considerarlo desproporcionado

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra se ha pronunciado en contra del establecimiento del toque de queda nocturno en la comunidad, ya que lo considera desproporcionado.

ondacero.es | Onda Cero Navarra

Pamplona / Iruña | 11.05.2021 13:50

Una terraza en Pamplona, Navarra
Una terraza en Pamplona, Navarra | Agencia EFE

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado el establecimiento del toque de queda nocturno decretado por el Gobierno de Navarra con la intención de evitar los botellones porque consideran que "no supera el canon de necesidad y proporcionalidad".

Toque de queda

En su auto, el Tribunal ha alegado que el botellón sí se puede controlar mediante la legislación ordinaria, como ocurría antes del inicio de la pandemia del coronavirus: "Pues bien el control del denominado 'botellón' no necesita ni exige una medida tan invasiva en los Derechos Fundamentales (o al menos no se ha justificado cumplidamente para cubrir el juicio de necesidad y proporcionalidad). El control del 'botellón' se puede realizar con aplicación de la legislación ordinaria (lo mismo que se hacía antes de la pandemia) no necesitando de la aplicación de la legislación sanitaria extraordinaria", ha alegado.

Según explica el TSJN para establecer el toque de queda es necesario además que se justifique por la Administración que no hay otra medida menos lesiva que no afecte a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

tampoco ratifica el cierre de las terrazas

Asimismo, el TSJN tampoco ha ratificado el horario de cierre de las terrazas que el Gobierno Foral había fijado a las 22.00 horas, ya que se trata de una medida asociada al toque de queda.

Además, apuntan que aprobar el horario del cierre de la hostelería a las 22.00 horas, "solo tiene sentido en el contexto de la vigencia del toque de queda pues estos límites de horario máximo solo persiguen habilitar el cumplimiento".

Reuniones de 6 personas

En cuanto a las limitaciones de reuniones de máximo 6 personas tanto en el ámbito privado como público, el TSJN sostiene que sí se trata de una medida ajustada y proporcionada.

Resto de limitaciones

Por otra parte, también abala el resto de limitaciones al ejercicio de derechos, como por ejemplo, el aforo en los lugares de culto, ya que "todas ellas se consideran necesarias y proporcionadas".

Medidas vigentes en Navarra

Reuniones

En lugares públicos están permitidas las reuniones de hasta 6 personas. Sin embargo, en el ámbito privado solo se permite reuniones de hasta dos núcleos de convivencia.

Bares y restaurantes

El interior de los bares y restaurantes permanecerán cerrados. Exceptuando los comedores de hoteles o alojamientos similares, como centros sanitarios, escolares, universitarios, de empresa y de carácter social, que podrán servir comidas únicamente a sus clientes o trabajadores, con un máximo de cuatro personas por mesa.

Lugares de culto

En los lugares de culto podrán tener un aforo del 30% y un máximo de 150 personas.

Entierros y velatorios

En los entierros y velatorios se permiten 50 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados. Además, la comitiva podrá superar las 50 personas.