Entrevista a Francisco Turrión, responsable de piezometría de la CHS

"Muchos pequeños empresarios, agricultores y ganaderos desconocen que los pozos de menos de 7000 m3 no requieren de autorización previa de la CHS"

El Tribunal Supremo, mediante dos sentencias, anuló en 2019 el artículo 40 del Plan Hidrológico de la Cuenca del Segura que obligaba a los usuarios a pedir autorización previa al organismo de cuenca para la construcción de pozos de donde extraer 7000 m3 al año como tope máximo.

Rosa Roda

Murcia | 28.12.2020 12:07 (Publicado 28.12.2020 11:49)

Francisco Turrión, responsable de piezometría de la Confederación Hidrográfica de Segura ha explicado a Onda Cero que "hay usuarios que conocen las sentencias del Supremo que están realizando sus sondeos e informando a posteriori al organismo de cuenca para su inscripción en el registro. Sin embargo, hay pequeños empresarios, pequeños agricultores y ganaderos que no saben de las sentencias del Supremo que siguen solicitando autorización previa al organismo de cuenca para hacer sus pozos sin que el organismo de cuenca responda".

"Esos usuarios deben saber que pueden hacerse el pozo sin autorización previa del organismo de cuenca, que pueden dejar de consumir agua de la red municipal, que es muy cara, para regar su pequeña plantación o dar de beber a las ovejas" dice Turrión.

Artículo 40 Plan Hidrológico del Segura anulado por el Supremo
Artículo 40 Plan Hidrológico del Segura anulado por el Supremo | Onda Cero

En aplicación del artículo 40 del Plan Hidrológico de la Cuenca del Segura anulado por el Supremo en 2019, el organismo de cuenca ha denegado la realización de pozos "para uso ganadero, industrial o doméstico cuando la casa de campo, nave o fábrica ya disponía de agua de la red municipal". "La CHS obligaba a regar una pequeña plantación de almendros, dar de beber a unas cabezas de ganado o llenar una piscina con agua de la red municipal cuando el usuario tenía derecho a realizar un pequeño pozo en su finca sin autorización previa" explica Turrión.

"La única excepción es para pozos que se quieran realizar sobre acuíferos declarados oficialmente en mal estado cuantitativo que sí requieren de autorización previa de la CHS" explica Turrión que "espera que las sentencias de Supremo sean acatadas por el organismo de cuenca a la mayor brevedad porque lo que sucede en la cuenca del Segura no ocurre en ninguna otra cuenca hidrográfica española".

El organismo de cuenca, según el citado funcionario, debe encargarse de controlar periódicamente los contadores de los pozos y vigilar que no se extraen más de 7000 m3 al año. Se trata de cumplir el artículo 54 del texto refundido de la Ley de Aguas de usos privativos por disposición legal.

Para Turrión "lo que realmente debe vigilar la CHS es a los grandes consumidores de agua porque los regadíos a cuenta de la Unidades de Demanda Agraria (UDAS) no dejan de aumentar en la cuenca del Segura. Donde había cultivo de cereal ahora hay cultivo de uva de mesa que consume bastante más agua".

El presidente de la CHS, Mario Urrea, ha explicado que l"a ley se está cumpliendo" y que están regularizando esos expedientes "pero hay que pedir las características del sondeo y comprobar que tienen contador y medir". A Urrea le preocupa la "sobreexplotación de lo acuíferos".