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El TSJC obliga a que la enseñanza en castellano sea mínimo del 25%

Después de la aprobación de la nueva ley de Educación, conocida como Ley Celaá, el castellano ha dejado de ser la lengua vehicular, algo que ha generado mucha polémica en la sociedad.

ondacero.es | Europa Press

Madrid | 17.12.2020 12:36

Fachada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
Fachada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña | Google Maps

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra varias resoluciones de la Consejería de Educación de la Generalitat de Cataluña en cuanto al uso de las lenguas vehiculares en la enseñanza y obliga que al menos un 25% de enseñanza sea en castellano dentro del sistema educativo de Cataluña.

La Sección Quinta de la Sala del Contencioso administrativo del TSJC ha emitido una sentencia en la que declara "la obligación de la Generalitat de adoptar las medidas necesarias para que garantice que todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determine, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso".

Asimismo, ha desestimado la petición de que se modifiquen los impresos de preinscripción escolar por los que los padres tuvieran acreditado que el castellano sería lengua vehicular en todos los casos, ya que con el cumplimiento del porcentaje mínimo del 25%, impuesto en la sentencia, ya garantizaría el acceso y uso de ambas lenguas desde Infantil.