Sentencia del 'caso Bankia'

Sentencia caso Bankia: La Audiencia Nacional absuelve a Rato y a otros 33 acusados por la salida a Bolsa de Bankia

La Audiencia Nacional ha absuelto a los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia, entre los que se encuentra Rodrigo Rato, que dirigía Caja Madrid en ese momento.

- Consulta la sentencia del caso Bankia dictada por la Audiencia Nacional

Eva Llamazares

Madrid | 29.09.2020 10:21

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado esta absolución de los 34 acusados por la salida a Bolsa de Bankia por los delitos de estafa a los inversores y falsedad contable.

En su momento, se acusó a los gestores de Bankia de engañar a los inversores, de haber incurrido en una estafa -el delito más grave por el que estaban acusados- por haber facilitado a los inversores información deteriorada sobre la situación real de esa entidad financiera para que acudieran a esa salida a Bolsa.

Sin embargo, la Audiencia estima que no hay motivos para condenarlos y por tanto, todos quedan absueltos. La sentencia destaca que la operación contó con la aprobación de todos los supervisores y cita al Banco de España, a la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), al FROB y EBA (Autoridad Bancaria Europea), y que el folleto contenía una "amplia y certera" información financiera y no financiera. Además, de que en el juicio sólo se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no actos concretos.

Cabe destacar también que la sentencia es recurrible y que, probablemente, se presentarán dichos recursos más adelante.

¿Cuáles son exactamente los argumentos del tribunal para absolver a los acusados?

Según el fallo del tribunal, la salida a Bolsa contó con el beneplácito de todas las instituciones. Tanto la decisión de salir como la determinación de hacerlo y la estructura de doble banco fueron resoluciones enteramente contempladas por el Banco de España, que además las aprobó después de calibrar las ventajas e inconvenientes que dichas decisiones conllevaban.

Respecto al folleto de salida de Bolsa, además de la "amplia y certera información financiera y no financiera", asegura que era más que suficiente para que los inversores mayoristas y minoristas "se formasen un criterio razonado" sobre el valor de la compañía que se estaba ofertando, una información que había sido elaborada con la supervisión y obedeciendo a todo el requerimiento de las instituciones. Además, recuerda que el fiscal manifestó que la información económica y financiera que Bankia suministró al Mercado no puede calificarse materialmente de falsa en la medida en que no vulneraba la normativa entonces vigente.

Sobre los riesgos de los que, según la Fiscalía, debió haberse avisado, el tribunal manifiesta que les parece difícil concebir que cualquier entidad bancaria, después de contar con estos beneplácitos, recele de todos estos pareceres y proclame la necesidad de adoptar prevenciones ante campañas publicitarias que, como en el caso de Bankia, resalten la potencia de la entidad, referencia en el elevado número de empleados, elevado número de oficinas, cajeros y activos totales, datos que eran ciertos, según dice.

La sentencia argumenta que en el momento de su salida a Bolsa, Bankia era viable y que en el juicio no se imputaron hechos concretos a los acusados por parte de los numerosos testigos ni en la fase de instrucción ni en el juicio -tampoco los peritos- o referencias documentales que se refirieran a ellos: "En el acto del plenario nadie los nombró ni para bien ni para mal, de manera que la mayoría de las personas acusadas cayeron en el olvido. En el transcurso de este juicio, sólo recordaba sus identidades el Ministerio Público", es decir, el fiscal, que no sale muy bien parado en esta sentencia.

La sentencia de la Audiencia Nacional la ha dictado un tribunal compuesto por Ángela Murillo (presidenta), Teresa Palacios y Francisco Martel, la misma Sección 4ª que condenó a casi todo el banquillo de las 'tarjetas Black', a entre cuatro años y medio y algunos meses de prisión.

Por tanto, el tribunal que sí vio delito en las 'tarjetas black', en el uso o abuso del dinero de los impositores por parte de los gestores de Caja Madrid, no ve delito en la salida a Bolsa de Bankia. No hubo estafa ni falsedad documental.

Es un revés muy serio para la Fiscalía, que sostuvo la existencia de estos delitos y es un respaldo a las tesis que durante el juicio y antes sostuvo Rodrigo Rato, que siempre defendió que cuando Bankia salió a Bolsa, la información que se presenta a los inversores es fiable y avalada por todos los organismos afectados, empezando por el Banco de España, pero que además la entidad era viable en aquel momento. Otra cosa es que se complicase después, se tomasen decisiones equivocadas y tuviese que ser rescatada con el dinero que prestó Europa.

¿Cuál es el origen del 'caso Bankia'?

El origen de esta causa judicial -que no guarda relación con otras causas en la que también estaban algunos de los juzgados- es por la salida a Bolsa de Bankia, una de las operaciones más importantes en el ámbito financiero que se desarrollaron en medio de la crisis financiera que comenzó en 2008 y que contaba con el aliento del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero.

Los procesados siempre han defendido -entre ellos, Rodrigo Rato, que dirigía Caja Madrid en ese momento- que la salida a Bolsa contó con los parabienes y el aval de todos los organismos en aquel momento, empezando por el Banco de España, que avaló el folleto de salida a Bolsa, siguiendo por el Ministerio de Economía, el Gobierno de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Ese es el argumento que finalmente ha prosperado a la luz de la sentencia conocida este martes: la absolución se debe a que el tribunal no encuentra y no percibe que haya habido ningún comportamiento delictivo y penalmente reprochable en los gestores que en aquel momento estaban al frente de esta entidad financiera.

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