Se le considera culpable de haber "causado intencionadamente la muerte de la menor cuando esta no tenía ninguna posibilidad de defenderse".
El jurado considera que no procede la suspensión de la ejecución de la condena ni la solicitud del indulto de la pena, que deberá ser impuesta por la juez.
Se considera probado que la acusada estaba en el lugar de los hechos cuando la niña fue asfixiada y que es responsable de que "la menor había tenido un consumo repetido de Lormetazepam al menos los cuatro últimos meses anteriores al fallecimiento".
El jurado entiende que "no queda demostrado que la acusada, en el momento de los hechos, tuviera parcialmente disminuida su conciencia y voluntad".
Minutos después de conocerse el veredicto, el padre de la niña Carolina afirmó que "se ha hecho justicia".