Condena por atacar el honor de Iglesias Caunedo
Ana Taboada, portavoz municipal de Somos Oviedo ha sido multada con 3.000 euros por vulnerar el derecho al honor del exalcalde de Oviedo, el popular Agustín Iglesias Caunedo cuando afirmó en una red social y en un debate electoral de 2019 que quien fue regidor entre 2012 y 2015 “se gastaba el dinero público para recorrer prostíbulos”. La frase se encuadraba en las informaciones relativas a la investigación sobre Caunedo y el caso ‘Aquagest’.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Oviedo viene de la correspondiente denuncia de Caunedo contra Taboada y a Somos Oviedo por "intromisión ilegítima en el derecho al honor". La sentencia asegura que los denunciados "han llevado a cabo una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante". La magistrada razona que la doctrina del Tribunal Supremo establece que, aunque la libertad de expresión tenga un campo de actuación más amplio, "no ampara la descalificación de una persona atribuyéndole hechos o conductas socialmente reprochables que puedan desacreditarla", lo que implica una "exigencia de veracidad respecto de los hechos cuando puedan desacreditar a la persona criticada".
Además de la multa económica, el Juzgado obliga a costa de los condenados a publicar el fallo de la sentencia en los mismos medios utilizados para vulnerar el honor del demandante, televisión autonómica y las correspondientes cuentas de twitter. Asimismo ha condenado a las partes demandadas al cese inmediato de la intromisión y, en consecuencia, a retirar a su costa de la web las declaraciones difundidas.
Caunedo pedía también una indemnización por daños y perjuicios de 15.000 euros.
Taboada recurrirá
La concejala y el partido del que es portavoz, Somos, aseguran que van a recurrir la sentencia. Así lo ha afirmado en unas declaraciones a Europa Press, en las que no ha querido hacer valoraciones acerca de la decisión judicial. Las partes condenadas tienen de plazo 20 días para recurrir la sentencia.