La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado abrir un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por una posible vulneración de la legislación electoral durante su comparecencia en el Palacio de la Moncloa del pasado 6 de octubre, después del Consejo de Ministros en el que anunció dos decretos sobre vivienda.
El organismo ha estimado las denuncias presentadas por el Partido Popular y Vox, que consideraban que el presidente había utilizado una comparecencia institucional para trasladar mensajes propios de una campaña electoral, después de haber anunciado las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
Además de iniciar el procedimiento sancionador, la Junta Electoral ha ordenado retirar de la página web de Moncloa las imágenes y el audio de aquella intervención y ha instado al presidente a no volver a utilizar los actos institucionales como plataforma de promoción partidista.
La Junta Electoral recuerda a Sánchez su deber de neutralidad
La controversia tiene su origen en la rueda de prensa ofrecida por Sánchez el 6 de octubre, cuando presentó las medidas de vivienda aprobadas por el Ejecutivo y defendió la necesidad de contar con una mayoría parlamentaria más amplia para sacar adelante sus propuestas.
El PP denunció entonces que el jefe del Ejecutivo había aprovechado los recursos y la sede de la Presidencia del Gobierno para ensalzar su gestión, criticar a la oposición y lanzar mensajes electorales.
La Junta Electoral considera que estos hechos pueden vulnerar el principio de neutralidad institucional recogido en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que establece restricciones a la utilización de actos organizados o financiados por los poderes públicos durante el periodo electoral.
El organismo también ha tenido en cuenta los antecedentes del presidente en esta materia y ha recordado que ya debía conocer las obligaciones de neutralidad que corresponden a su cargo.
Sánchez se expone a una posible multa
La apertura del expediente no supone todavía una sanción firme. Será necesario completar el procedimiento para determinar si existe una infracción y, en su caso, imponer la correspondiente multa.
De acuerdo con el régimen sancionador electoral, la multa podría situarse entre los 300 y los 3.000 euros.

