Elecciones generales

Cómo puedes ser miembro de una mesa electoral en las elecciones aunque no te llegue la carta

El próximo 23 de julio los españoles tienen una cita con las urnas. Si te toca estar en una mesa electoral y no estás en casa para recibir la carta con la notificación te contamos cuáles son los pasos a seguir.

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👉 Qué pasa si te llaman a mesa electoral y no te presentas

ondacero.es

Madrid | 06.06.2023 17:01 (Publicado 06.06.2023 14:55)

Imagen del pasado domingo de los miembros de una mesa electoral durante el recuento de votos
Imagen del pasado domingo de los miembros de una mesa electoral durante el recuento de votos | EFE/Nacho Gallego

Los sorteos realizados para determinar qué ciudadanos serán los seleccionados para constituir las mesas electorales suelen realizarse un mes antes de la celebración de los comicios. Pero como no hay nada confirmado todavía, al ser las elecciones generales el 23 de julio, el sorteo se celebraría durante la última semana de junio, entre el día 23 y el 27.

En los días posteriores al sorteo, los ciudadanos elegidos para estar en la mesa electoral recibirán una carta en su domicilio con la notificación de su cargo.

Cómo puedes ser mesa electoral aunque no te llegue la carta

Normalmente, si has sido elegido para ser parte de una mesa electoral, la notificación la entregará el cartero o, también, la puede entregar un agente de policía. Si en ese momento no se está en el domicilio, se recibirá un aviso para ir a recoger la carta a Correos.

En la carta viene detallada la información sobre el puesto que deberás ocupar (o si eres suplente) en la mesa electoral y las instrucciones para saber lo que tienes que hacer.

Pero ¿qué sucede si la persona no está en su domicilio en el momento de la entrega? Pues que habrá otros dos intentos más, es decir, son un total de 3. Si después de tres avisos, no se ha podido contactar con esa persona, se deja un aviso en el buzón para que el ciudadano se pase por la oficina de Correos más cercana a recoger la notificación. Saber si se es o no mesa es posible averiguarlo también en la web de los ayuntamientos, aunque no en todos.

Sin embargo, hay opciones de ser mesa electoral sin que haya llegado esa notificación al domicilio de residencia. Si el mismo día de las elecciones no se constituye alguna de las mesas electorales podría ser formada por los primeros ciudadanos que acudan a votar al colegio electoral.

Además, podría ocurrir que alguno de los miembros de la mesa ya constituida se sintiese indispuesto y sus sustitutos serían los primeros ciudadanos que estuviesen votando en ese momento.

Ser miembro de una mesa electoral es de obligado cumplimiento. Por tanto, si no se acude cuando se ha sido elegido como integrante de la misma, puede acarrear sanciones económicas e, incluso, penales si no se justifican los motivos de la ausencia.

Multas, sanciones y hasta pena de prisión

Según el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, un Presidente o un Vocal, así como los suplentes, pueden incurrir en un delito "por abandono o incumplimiento en las mesas", en los siguientes casos:

  • Si dejan de incurrir o desempeñar sus funciones
  • Si abandonan su puesto sin causa legítima
  • Si incumplen sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone la Ley

La falta de responsabilidad por parte del elector puede derivar en una multa de seis a veinticuatro meses o, en el peor de los casos, en una pena de prisión de tres meses a un año.

Plazo para presentar alegaciones

Una vez entregadas las notificaciones, los designados tendrán de plazo una semana para presentar alegaciones en caso de que no puedan acudir al colegio electoral. la Ley Orgánica del Régimen Electoral General recoge los motivos que permiten a los ciudadanos librarse de la mesa.