Elecciones catalanas
ELECCIONES CATALUÑA

A partir de cuándo se puede solicitar el voto por correo en las elecciones en Cataluña 2024

A.M.

Madrid | 22.04.2024 13:45

Fotografía de archivo de una oficina de Correos.
Fotografía de archivo de una oficina de Correos. | María José López / Europa Press

El próximo 12 de mayo, casi seis millones de catalanes están llamados a las urnas para elegir el próximo gobierno que entrará en la Generalitat de Cataluña. De los electores residentes en la región, 243.003 podrán participar por primera vez en unas elecciones al Parlament, según el INE.

Todos ellos podrán elegir la modalidad presencial o por correo. En el caso de elegir el voto por correo, cabe recordar que una vez solicitado ya no es posible votar personalmente en la mesa electoral.

Plazos y documentación del voto por correo en las elecciones de Cataluña

Desde el pasado día 19 de marzo, ya se puede solicitar el voto por correo para los comicios catalanes. Todos los electores que opten por esta modalidad tienen hasta el próximo día 2 de mayo (inclusive este día) para pedir el certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente a Cataluña.

Este certificado es clave para emitir el voto por correo y se puede solicitar por dos vías:

  • Telemática: A través de la web de Correos con certificado electrónico.
  • En oficinas: De manera personal en cualquier oficina de España, con la posibilidad de solicitar cita previa para agilizar el proceso a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.

Una vez solicitado, Correos entregará la documentación a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña, que emitirá a su vez a los solicitantes los certificados a partir de este lunes 22 de abril.

El certificado se recibirá en la dirección que se haya indicado en la solicitud e incluye la siguiente documentación:

  • El certificado de inscripción en el censo.
  • Una papeleta de votación de cada una de las candidaturas que se presentan a las elecciones convocadas.
  • El sobre de votación.
  • Uno sobre dirigido al Presidente/a de la Mesa en la cual corresponde votar.
  • Una hoja explicativa del procedimiento que se debe seguir.

Después de cumplimentar la documentación, hay que introducir en el sobre de votación la papeleta que se haya escogido y cerrarlo, para después acudir a una oficina de Correos y proceder a su envío certificado. En caso de no poder ir personalmente, se puede autorizar a otra persona mayor de edad para entregar la documentación en su nombre, aunque con una autorización firmada por la persona votante y una fotocopia de su DNI.

El plazo para enviar el voto por correo certificado finalizará el próximo 8 de mayo.