SEGURIDAD VIAL

Pere Navarro detalla la nueva Ley de Tráfico: cambios, multas y cuándo entra en vigor

El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha recalcado este miércoles que la reforma de la Ley de Tráfico, aprobada el pasado 3 de diciembre, no incrementa las sanciones a los infractores. Te contamos las claves de esta nueva Ley de Tráfico.

ondacero.es

Madrid | 23.02.2022 11:27

Coches en la carretera
Coches en la carretera | Agencia EFE

Pere Navarro, director general de Tráfico, recalca que la nueva la Ley de Tráfico no aumenta sanciones. "No se han aumentado las cuantías económicas de las sanciones de tráfico, hubo un debate y nos pareció que no estaban estos tiempos para aumentar las sanciones de tráfico" ha dicho Navarro en respuesta a las críticas hacia la DGT por su 'afán recaudatorio'.

La nueva Ley de Tráfico, que entrará en vigor el próximo 21 de marzo, reexaminará las infracciones que acarrean pérdida de puntos y revisará comportamientos peligrosos, como utilizar el móvil al volante. No obstante,a partir de mañana miércoles, 22 de diciembre de 2021, entrarán en vigor algunas medidas puntuales de acuerdo a lo establecido en la reforma de Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial, que este martes publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

"La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE excepto las modificaciones relativas a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII, que entrarán en vigor el día siguiente", señala la norma.

Estos últimos preceptos apelan a cuestiones como la la obligatoriedad de preservar las condiciones para controlar el vehículo, así como a diversos asuntos vinculados con la notificación de las infracciones, que deberán efectuarse personalmente al presunto autor, y con la búsqueda de datos a los que tendrán acceso los órganos competentes.

Las claves de la nueva ley de tráfico

La nueva Ley incide en penalizar el hecho de no usar (o hacerlo de forma inadecuada) los sistemas de protección como el cinturón de seguridad, el casco o las sillas infantiles, arrojar objetos a la vía que puedan originar accidentes o incendios, o poner en riesgo la vida de los ciclistas durante los adelantamientos.

También prohíbe rebasar en 20 km/h el límite de velocidad de las carreteras convencionales durante los adelantamientos, y por primera vez, se legisla sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes.

Claves que recoge la nueva ley de tráfico y de cuya infracción depende la pérdida de puntos:

- Aumenta de 3 a 6 la pérdida de puntos por conducir con el móvil en la mano, aunque se mantiene la multa de 200 euros y los 3 puntos de sanción si el infractor usa el móvil sin sujetarlo con la mano.

- Se elevan de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.

- También se eleva de 4 a 6 puntos la sanción por adelantar a los ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,5 metros o poniendo en peligro su integridad física.

- Suben de 3 a 4 los puntos a descontar por no utilizar, o no hacerlo de forma adecuada, el casco, el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil u otros elementos de protección.

- Se castiga con 3 puntos, además de utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros, poseerlos dentro del vehículo.

- Introducir dispositivos de telefonía móvil entre el casco y la cabeza del conductor conlleva la pérdida de 3 puntos.

- Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.

- Se prohíbe rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales durante los adelantamientos de otros vehículos.

- Se impone el uso obligatorio del casco para usuarios de vehículos de movilidad personal, como patinetes.

- Se prohíbe la circulación de los vehículos de movilidad personal, las bicicletas y ciclos por las aceras y demás zonas peatonales.

- A partir del 6 de julio de 2022 será obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros (por ejemplo, autobuses escolares). El incumplimiento de esta norma constituye una infracción muy grave que conlleva una multa de 500 euros.

- "Incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas" se considera también una infracción muy grave que acarrea una multa de 500 euros.

- "Incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo" se incluye como una infracción leve que implica una multa de hasta 100 euros.

- Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. No obstante, la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.

- Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo.

- Las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder online al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo (no en vigor) o verde (en vigor).

- Se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también online siempre que se garantice la interacción a través de un aula virtual.

- Tasa cero de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo.

Dentro de tres meses, todos los preceptos de la nueva Ley de Tráfico serán una realidad que aspira a mejorar la seguridad vial de todos los conductores.