Tribunal Supremo

El Supremo ve "intromisión ilegítima" publicar la foto de Facebook de un detenido sin su permiso

El Tribunal Supremo ha sentenciado que publicar la fotografía de Facebook de un detenido supone una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen. El fallo hace referencia a un acusado de presuntos abusos sexuales.

Eva Llamazares

Madrid | 20.12.2019 17:03

Una cuenta de Facebook no tiene consideración de lugar abierto y público. El acceso libre a la fotografía del perfil no constituye un consentimiento expreso para usar esa imagen.

Esta doctrina del Tribunal Supremo la acaba de aplicar la Sala de lo Civil en una sentencia en la que confirma que la exhibición periodística de una imagen de esa red social para ilustrar la noticia de una detención, supone una intromisión en el derecho a la propia imagen del individuo en cuestión.

En este caso, un detenido y enviado a prisión por una acusación de abusos sexuales a menores.

El derecho de información no puede dejar vacíos de contenido los derechos fundamentales de los afectados. En un caso así, el detenido adquiere una relevancia pública sobrevenida, pero esto no justifica cualquier difusión de su imagen pública.

El Tribunal Supremo apunta que sí se podrían haber utilizado unas fotos suyas entrando en el edificio del tribunal o en similares circunstancias.