Ese decreto, que ordenó el aislamiento social y restringió los movimientos, determinó las actividades que dejaban de llevarse a cabo y las que se restringían con la finalidad de proteger la salud de los ciudadanos.
Actividades permitidas
-Actividades sanitarias
-Trabajos de seguridad
-Telecomunicaciones y aduanas
-Suministro y distribución de alimentos y productos de primera necesidad.
-Suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y gas natural.
-Servicios indispensables de empresas e industrias auxiliares, componentes, limpieza, vigilancia y seguridad, mantenimiento y averías urgentes y transportes de mercancías y personas, necesarias para el funcionamiento de las actividades anteriores.
-Recogida de basuras y el abastecimiento de agua.
-Medios de comunicación.
-Transporte público (sujeto a restricciones en la oferta).
-La administración de Justicia y todos los servicios ligados a este sector de acuerdo a los servicios esenciales establecidos.
-Comercio: tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, ópticas, ortopedias, prensa y papelería, estancos, gasolineras, tiendas de alimentación de animales y de tecnología, comercio online y lavanderías.
-Peluquerías (solo a domicilio).
Bares y restauración seguirán cerrados
Sigue sin estar permitida la apertura de bares y establecimientos de restauración, que solo pueden prestar servicio a domicilio, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones y auditorios. Asimismo, continúa la prohibición de las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.
Además, a partir de este lunes, las Fuerzas de Seguridad del Estado comenzarán a repartir mascarillas para aquellos que regresen al trabajo y tengan que usar el transporte público.