España

Un informe del letrado mayor del Congreso confirma que la ley de amnistía debe seguir tramitándose en la comisión de Justicia

Los servicios jurídicos del Congreso consideran que, en contra de lo que plantean el PP y Vox, la Ley de Amnistía no decayó tras la segunda votación que tuvo lugar en el Pleno y, en este contexto, apuestan por devolverla a la Comisión de Justicia y dar un plazo de 15 días naturales, que acaba el 21 de febrero, para aprobar un nuevo dictamen sobre el texto.

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ondacero.es

Madrid | 05.02.2024 18:29

El Secretario General de la Cámara Baja, Fernando Galindo, afirma que al haberse aprobado el dictamen por mayoría absoluta permite que la proposición de ley de amnistía no decaiga y se traslade de nuevo a la Comisión de Justicia, a pesar de que en la última votación, la de conjunto, ésta fuera rechazada por más síes que noes.

De esta forma, contradice la solicitud hecha por PP y Vox que será estudiada este martes en la reunión de la Mesa del Congreso.

Además, considera el informe que la declaración de urgencia hecha al inicio de la tramitación de la norma, también afecta a este nuevo procedimiento, por lo que la comisión tendrá solo 15 días y no un mes para modificarla. Así, el plazo acabaría el día 21 de febrero, tres días después de las elecciones gallegas.

Valen las enmiendas ya presentadas

Según se recoge en el escrito, sólo existen dos precedentes en los que no se alcanzó la mayoría absoluta en la votación de carácter orgánico de una norma. Ambos fueron reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El primero ocurrió en 1997, el texto regresó a la comisión correspondiente y la Mesa acordó que se trabajara sobre el dictamen de la comisión que sí había avalado el Pleno, las enmiendas presentadas al proyecto y también el informe emitido por la ponencia. Es decir, no se pudieron presentar nuevas enmiendas, aunque sí alcanzar transaccionales sobre las registradas durante la tramitación.

En 1999 también se intentó reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial, el trámite se frenó en la votación de conjunto del Pleno y se mandó de vuelta a la comisión pero en este caso no hubo un nuevo dictamen en plazo y la iniciativa caducó con el fin de la legislatura.

Respecto a las peticiones del PP y Vox, que sostienen que la ley acabó su tramitación en el momento en el que el Pleno la rechazó por mayoría absoluta en la votación de conjunto, los letrados inciden en que la iniciativa se sometió a dos votaciones diferentes, como establece el Reglamento, y que, atender la tesis de estos grupos equivaldría a dejar sin efectos la primera de ellas, proyectando de facto el resultado de la segunda sobre las dos".

No se puede 'anular' la primera votación

"Esta anulación de hecho de una votación carece de previsión reglamentaria y supondría ignorar la voluntad del Pleno. Es más, considerando que la votación del dictamen obtuvo 177 síes, 172 noes y ninguna abstención, se podría argumentar que, de hecho, se ha alcanzado la mayoría absoluta sobre el conjunto del texto", añaden los servicios jurídicos.

"Este planteamiento, por pretender una interpretación al margen del Reglamento, sería tan erróneo como el que se sostiene en los escritos presentados por los Grupos Parlamentario Popular en Congreso y Vox", argumentan los juristas de la institución.