Si hay intimidación, hay agresión sexual

El Supremo escucha hoy en vista pública los recursos por la sentencia de 'La Manada'

La víctima, la Fiscalía, el Gobierno Navarro y el Ayuntamiento de Pamplona piden que se eleve la pena contra 'La Manada', que pide ser absuelta.

Eva Llamazares

Madrid | 21.06.2019 08:12 (Publicado 21.06.2019 06:00)

Si hay intimidación, hay agresión sexual. Parece simple pero no se puede reducir y de ahí la complejidad de la causa a una mera cuestión de cómo fue el consentimiento. Si hay que decirle al violador un 'no' más o menos expreso porque la propia sentencia recurrida señala que lo relevante, más que la reacción de la víctima, es el contenido de la acción intimidatoria, que puede no serlo aunque la víctima se sienta intimidada o tenga miedo, que es subjetivo. La jurisprudencia exige amenaza con un mal inminente grave, racional y fundado.

Desde hoy cinco magistrados del Supremo deben determinar si se produjo la intimidación que hasta ahora no han apreciado un total de seis jueces pero que si percibe la Fiscalía, la víctima, el ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno Navarro. Todas las acusaciones creen, como los dos jueces del voto particular, que una encerrona de cinco individuos de fuerte complexión en un espacio sin escapatoria encarna coacción suficiente como para ser considerado intimidatorio y por tanto agresión sexual. 18 años de cárcel frente a los 9 de la condena por abuso sexual con prevalimiento.