Los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE-Cepyme han firmado el nuevo acuerdo para el empleo y la negociación colectiva (AENC), que establece una subida de salarios del 4 % en 2023 y del 3 % en 2024 y 2025, así como una cláusula de revisión del 1% en función de la inflación.
En un acto que ha tenido lugar en el madrileño Círculo de Bellas Artes, los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, y los presidentes de CEOE y Cepyme, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva, han rubricado el V AENC, a cuya firma no ha acudido ningún miembro del Gobierno.
Las negociaciones de este acuerdo, que sirve de indicación en la negociación colectiva, estuvieron meses bloqueadas ante la negativa de la patronal a incluir cláusulas de revisión salarial vinculadas al alza de los precios, algo que finalmente sí contempla el acuerdo, y por el rechazo a pactar una subida para el pasado año y que ha quedado fuera del nuevo AENC.
"Esto no van en contra de nadie"
El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha destacado tras la firma, al igual que hizo ayer en la entrevista ayer en 'Más de uno', que es un día "muy importante" porque, además de "poner en valor" el diálogo social bipartito, este acuerdo da "estabilidad" a empresas y trabajadores.
Preguntado sobre la ausencia de miembros del Gobierno en este acto ha insistido en que "esto no va en contra de nadie, va a favor de todos y de España". Sobre este punto ha sido preguntada la ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, en los pasillos del Congreso de los Diputados y ha dicho que "lo único importante es que se van a subir los sueldos, no las fotos".
Gerardo Cuerva, ha resaltado por su parte que es un acuerdo que beneficia a la pyme y ha hecho hincapié en que en un momento de incertidumbre como el actual, genera "certidumbre" y aporta "estabilidad".
Cuerva, que al igual que Garamendi ha reivindicado el diálogo social bipartito, ha subrayado además que, en las circunstancias actuales de incremento de costes, la flexibilidad que introduce este acuerdo es una "herramienta necesaria" para que las empresas gestionen "momentos complicados".
Satisfacción de los sindicatos
Tras las intervención de los representantes de los empresarios, ha llegado el turno en el acto de los sindicatos. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha resaltado las bondades del acuerdo y la "buena dirección" en la que está encaminado.
Por su parte, Unai Sordo, secretario general de Comisiones Obreras ha indicado sobre que, aunque no sea normativo la aplicación del AENC en los convenios, sí es "obligacional" de manera que las partes se comprometen a llevar el contenido del acuerdo a las mesas de negociación de los convenios colectivos sectoriales y de empresas.
Detalles del acuerdo
En el acuerdo, sindicatos y empresarios declaran su intención de llevar a cabo, en el periodo 2023-2025, "una política salarial que contribuya de manera simultánea a la reactivación económica, a la creación de empleo y a la mejora de la competitividad de las empresas españolas".
Subida de salarios
Las partes recomiendan subidas salariales del 4% en 2023 y del 3% tanto para 2024 como para 2025, con una cláusula de revisión salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025), que se aplicarían al inicio del siguiente ejercicio.
Si finalizado este año, el IPC interanual de diciembre de 2023 fuera superior al 4% de subida salarial recomendada, se aplicará un aumento adicional máximo del 1% con efectos desde el 1 de enero de 2024.
En el caso de 2024 y 2025, para los que se aconseja un alza salarial del 3%, la cláusula de salvaguarda con ese 1% adicional se activará cuando el IPC interanual de diciembre sobrepase el 3% y se aplicará al año siguiente, es decir, el 1 de enero de 2025 y el 1 de enero de 2026, respectivamente
Reforma laboral, contratación y fijos-discontinuos
Las recomendaciones en materia de contratación que hacen los agentes sociales están directamente ligadas a la reforma laboral que acordaron con el Gobierno.
De este modo, tras constatar los "buenos resultados" de la reforma laboral hasta la fecha, consideran que los convenios colectivos deben contribuir a seguir en esta dirección fomentando la estabilidad en el empleo y el uso adecuado de las modalidades contractuales, desarrollando los distintos llamamientos que la norma hace a la negociación colectiva.
Así, por ejemplo, en lo que respecta a los fijos-discontinuos, aconseja desarrollar a través de los convenios colectivos "toda la virtualidad de este contrato", regulando aquellos aspectos que permitan una mejor adaptación a las necesidades de los trabajadores, los sectores y las empresas, "incluida la habilitación para que las empresas de trabajo temporal (ETT), puedan realizar contratos fijos-discontinuos para la cobertura de posiciones temporales de la empresa usuaria".
Con el propósito de mantener un sistema de contratación que genere estabilidad, los agentes sociales consideran que el contrato a tiempo parcial indefinido puede ser una herramienta adecuada para atender las necesidades de flexibilidad de empresas y trabajadores.
Al mismo tiempo, apuestan por que la negociación colectiva impulse la contratación de jóvenes y personas en transición en el empleo, promoviendo los contratos formativos y la formación dual como vía de inserción y recualificación.
Jubilación parcial y flexible
CCOO, UGT, CEOE y Cepyme sostienen en el acuerdo que la jubilación parcial y el contrato de relevo "deben seguir siendo un instrumento adecuado para el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las plantillas".
A tal fin, señalan que los convenios colectivos podrán reconocer el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo de acuerdo con la normativa que le sea de aplicación, e impulsarán, en su caso, los mecanismos para su puesta en marcha en cada uno de los sectores y empresas, en función de sus circunstancias y características propias.
Igualmente, defienden, se potenciarán desde los convenios fórmulas de jubilación gradual y flexible para facilitar el tránsito desde la vida activa al retiro laboral.
Asimismo, las partes instan al Gobierno a negociar en el diálogo social la reforma de la jubilación parcial, tal y como comprometió el Gobierno en la última reforma de pensiones.
Teletrabajo
El acuerdo establece una serie de recomendaciones sobre el teletrabajo:
- Identificar las funciones y puestos de trabajo que sean susceptibles al trabajo a distancia.
- Facilitar las condiciones y el desarrolla de la actividad de trabajo a distancia.
- Una jornada "mínima" presencial, con duración "máxima" del teletrabajo.
- Compensar o abonar los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios por parte de la empresa.
- Organizar de manera adecuada la jornada para garantizar el "derecho a la desconexión".
Desconexión digital
El acuerdo también ahonda en la llamada desconexión digital y subraya que se trata del derecho de "no atender dispositivos digitales fuera de la jornada de trabajo", por lo que se debe extender a todos los dispositivos y herramientas "susceptibles de mantener la jornada laboral más allá de los límites de la legal o convencional establecida en el calendario laboral". Además, afirma que, si hay una llamada o comunicado fuera del turno del trabajador, las personas no están obligadas a responder, mientras que las empresas no deben dar un "trato diferenciado" a los trabajadores que no hagan uso del mismo.